El juez que supervisa el caso Plus Ultra, donde el principal imputado es el expresidente del gobierno español, José Luis Rodríguez Zapatero, va por trabajo. Al día siguiente de la entrevista del exlíder del PSOE en TVE, el titular del Tribunal Central de Instrucción 2 de la Audiencia Nacional, José Luis Calama, ha tomado dos decisiones importantes. Por una parte, ha dictado una resolución en la que rechaza de plano el incidente de nulidad de actuaciones del caso Plus Ultra registrado por la defensa del exlíder socialista. El argumento del juez es simple y corto: el escrito se presentó fuera del plazo de 20 días que prevé la ley desde que la parte tiene acceso material a las actuaciones.
Por otra parte, ha acordado citar, a través de una providencia, a los principales ejecutivos de la compañía hispanovenezolana que recibió 53 millones de dinero público. Unas cantidades que habrían llegado a la aerolínea, según las pesquisas policiales y la tesis indiciaria del juez, a través de las gestiones de Zapatero, a cambio de una comisión. El magistrado ha ordenado a la policía citar al presidente y al CEO de la aerolínea, Julio Martínez Sola y Roberto Roselli Mielle, el 7 y 8 de septiembre, respectivamente, a las 9 de la mañana.
Los plazos, claves
El abogado del expresidente español denunció la incorporación al procedimiento de pruebas “ilícitamente analizadas” que han servido “para justificar la adopción de otras diligencias limitativas de derechos fundamentales”. Así, reclamó excluir del proceso evidencias obtenidas en todas las entradas y registros acordados. Calama recuerda que Zapatero presentó el incidente a raíz del acceso a la plataforma Cloud, que se produjo el 25 de mayo, cuando se remitió la comunicación a todas las partes. Afirma que el expresidente debería haber presentado la petición de nulidad como máximo el 23 de junio, y que lo hizo dos días después. “La extemporaneidad priva al órgano judicial de competencia para examinar el fondo de la lesión alegada, porque el incidente no puede operar como un mecanismo para cuestionar decisiones instructoras que deberían haberse impugnado a tiempo”, concluye el magistrado.

