Todavía tiene cuentas pendientes. Este es el argumento de la Sección Segunda de la Sala de lo penal de la Audiencia Nacional para rechazar la petición del PDECAT de sacar el partido de la causa del 3%. La petición de la formación política que nació de las cenizas de CDC reclamaba que se declarara extinguida su responsabilidad civil y penal porque está extinguida jurídicamente. De hecho, el PDeCAT había solicitado el archivo definitivo del procedimiento para el partido aportando la sentencia firme del Juzgado Mercantil 8 de Barcelona con que declaraba la extinción de la persona jurídica de esta formación.

Ahora bien, la sala, en una breve resolución de tres páginas, entiende que con esta extinción no hay bastante. En este sentido, recuerda la jurisprudencia del Tribunal Supremo que recoge la sentencia 324/2017 en que se establece que a pesar de que una entidad ya no pueda operar en el mercado, «conserva la personalidad respecto de reclamaciones pendientes basadas en pasivos sobrevenidos, que tendrían que haber formado parte de las operaciones de liquidación». Es decir, que todavía se le pueden reclamar deudas que no se integraran en el balance de la liquidación. «En cuanto a los efectos relacionados con la liquidación de la sociedad, esta continúa teniendo personalidad y por eso capacitado para ser demandada”, asegura el tribunal en su resolución.

Lo juez Santiago Pedraz de la Audiencia Nacional EUROPA PRESS (Foto de ARCHIVO) 27/1/2015

Lo PDeCAT tiene que ser parte

Los magistrados opinan que «una interpretación coherente» de las sentencias del Tribunal Supremo, «avala que en esta causa se pueda mantener la capacidad para ser parte del PDeCAT, aunque esté extinguido». Por lo tanto, le reconoce «la legitimidad de su administración concursal para continuar actuando por medio de su representación procesal para que la sociedad pueda ser defendida en el juicio».

Así defienden la decisión del titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, que el noviembre de 2022 acordó la apertura de juicio oral tanto por el PDeCAT como por CDC. De hecho, también incluyó los extresorers de formación convergente Germà Gordó, Daniel Osàcar i Andreu Viloca. A todos los envuelve en una hipotética «estructura puesta en marcha supuestamente para financiar este partido de forma ilegal a través de licitaciones de obra pública». En el caso también hay imputadas una treinta de personas físicas y dieciséis entidades jurídicos.

Parte dispositiva de la resolución de la sala de apelaciones de la Audiencia Nacional que considera que el PDeCAT tiene que estar a la causa del 3%
Parte dispositiva de la resolución de la sala de apelaciones de la Audiencia Nacional que considera que el PDeCAT tiene que estar a la causa del 3%
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