Este jueves el Congreso de los Diputados ha aprobado la ley de amnistía. Ahora, para su aplicación solo hace falta que se publique en el Boletín Oficial del Estado. Y, por supuesto, el que es la verdadera madre del cordero, el comportamiento de buena parte de la judicatura. Sobre todo, de la élite del poder judicial español que, junto con el sector más duro del ministerio fiscal, ya hace tiempo que preparan una contraofensiva contra la aplicación de la ley del olvido penal para el independentismo. El que el líder de ERC a Madrid, Gabriel Rufián, ha bautizado como el «partido judicial español».
Según el texto aprobado, los jueces y tribunales tendrán dos meses para aplicar esta ley. De hecho, hay tribunales que han suspendido vistas o recursos a la espera de la aprobación de la ley, como es el caso de la Audiencia de Girona o, incluso, la sala de apelaciones del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Pero también, destaca la maniobra de difusión de una guía -siniestra jurídicamente hablando- de como esquiva la aplicación de la ley repartida entre jueces y tribunales de todo el Estado. O, incluso, el aviso de los fiscales del juicio del Procés advirtiendo que ven inviable amnistiar la malversación, o de asociaciones de jueces como Francisco de Vitoria, que tilda la ley de «perversa». Todo apunta que, al menos en algunos casos, la aplicación de la amnistía será un verdadero Vietnam.

Preparación estratégica
En todo caso, la Fiscalía y los posibles beneficiarios de la amnistía ya hace tiempo que tienen
Por su parte, la fiscalía tiene un Excel con más de 600 causas penales. Habrá que ver el resto de casos que se pueden considerar susceptibles, que se instarán a los juzgados y qué posicionamiento tendrán ciertos jueces. Un hecho que los abogados implicados ya han previsto y han coordinado una estrategia conjunta adaptable a cada caso. De hecho, desde lunes de esta semana ya tienen terminados los escritos.
En todo caso, el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, el pasado mes de octubre ya remitió una carta reclamante a las fiscalías territoriales un listado con los casos que podrían entrar en la amnistía. Enseguida, los fiscales territoriales se pusieron y, incluso, la Fiscalía de la demarcación de Barcelona solicitó más tiempo porque era el lugar donde más casos tenían detectados. Fuentes de la Fiscalía subrayan que el sistema de archivo del ministerio público no permite llevar un registro informático de causas que puedan entrar en la amnistía. En definitiva, los fiscales han hecho un verdadero trabajo de orfebrería localizar todos los casos, entre condenas, procesos abiertos, conformidades o archivos provisionales.

La amnistía a los juzgados
Una vez contabilizados los casos, la Fiscalía o los afectados pueden instar la aplicación de la amnistía. No se puede olvidar que un procedimiento penal se basa en un procedimiento en que se tiene que respetar el principio –el derecho– a la contradicción, es decir, que hay acusaciones y defiendes. Por lo tanto, ambas partes tienen derecho y legitimidad para instar la amnistía. Un principio que, hace falta no olvidar, no tiene presente una de las martingalas que prevé la guía repartida entre los jueces para evitar aplicarla a través de la jurisdicción europea y constitucional, con fórmulas como las cuestiones prejudiciales o las cuestiones de constitucionalidad.
Una vez el rey español sancione la ley, el texto se publicará en el BOE. El ministro de Justicia, Félix Bolaños, ya ha avanzado que «será en los próximos días». Con este trámite formal superado, las formaciones parlamentarias contrarias a la amnistía –solo hacen falta 50 diputados– o incluso comunidades autónomas -como ya ha anunciado la de Madrid-, podrán presentar, en el plazo de tres meses, un recurso de inconstitucionalidad ante el TC, a pesar de que esto no suspendería la ejecución de la ley. Además, una vez resuelva el recurso al Constitucional, el texto llevará el sello de cosa enjuiciada y dificultará la tramitación de las cuestiones de inconstitucionalidad, una de las vías sepultadas para intentar esquivar la aplicación de la ley propuesta, por una parte, de la judicatura más derechista.
Mientras tanto, con la ley en la mano, los que podrían ser objeto de la amnistía pueden instar su aplicación al tribunal sentenciador. Será en este punto donde el lío puede ser considerable. Podría ser que muchos jueces o tribunales avalen la amnistía sin mucho trámite y con rapidez, y, en cambio, otras presenten la cuestión de inconstitucionalidad. Es decir, la pregunta que puede dirigir cada juez que tenga un caso en que se le reclame la amnistía al Tribunal Constitucional, sobre si su aplicación podría vulnerar la Constitución o alguno de los derechos y libertades recogidos a la carta magna. El último escalón sería platear a la justicia europea una cuestión prejudicial, como se apunta que tiene pensado el Tribunal Supremo dirigido por Manuel Marchena.

Prepararse por la batalla
«Como diría un entrenador de fútbol, esto será partido a partido», comentan en El Mundo tres abogados que llevan casos del Procés para definir la estrategia de la aplicación de la amnistía. De hecho, muchos de ellos ya esperan la publicación en el DOGC para registrar de manera automática la petición de amnistía en los casos más urgentes en base el artículo 130 del Código Penal, que prevé las medidas de extinción de la responsabilidad penal. Si bien la judicatura ya ha mostrado parte de sus cartas para intentar demorar o esquivar la aplicación de la amnistía, los letrados de las defensas, también.
En primer término, la ley de amnistía prevé que tanto si se presenta una cuestión al TC como si se hace en los tribunales europeos no se suspendería, teóricamente, la ejecución de la amnistía. De todas maneras, el control procesal de estas cuestiones quedarían en manos de las oficinas judiciales, que, en el peor de los casos, podrían atrasar la aplicación algunas semanas. En este punto, si el tribunal ya se ha pronunciado por el recurso de inconstitucionalidad, podría ser que las cuestiones quedaran bloqueadas, porque sería cosa enjuiciada.
Por otro lado, presentar cualquier de las cuestiones implica acreditar una violación de un derecho fundamental que afecte las partes en conflicto. De hecho, es un principio inherente al sistema contradictorio del sistema penal español. Es decir, la violación del derecho fundamental dentro del proceso judicial y normalmente en favor del reo, y es difícil meter una cuestión prejudicial o de constitucionalidad por la aplicación de un derecho en abstracto y que perjudique el reo.

Abuso de derecho
En este sentido, una de las líneas de la defensa será poner en evidencia que las maniobras de los jueces pueden vulnerar el artículo 11.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial: «Los juzgados y tribunales rechazarán documentadamente las peticiones, los incidentes y las excepciones que se formulen con manifiesto abuso de derecho o comporten fraude de ley o procesal». El argumento será que si bien han visto este fraude de ley o abuso de derecho en alguna de las partes, «nunca lo han visto de un juez».
Sea como sea, la demora de la aplicación por parte del Tribunal Constitucional o por parte de la justicia europea se puede alargar entre seis meses o un año, en los plazos más optimistas, y mucho más de dos en los más pesimistas. De hecho, este tiempo puede ser uno de los aliados de las defensas para neutralizar la ofensiva de los jueces más beligerantes que quieren llevar los casos a la justicia europea. Por ejemplo, alguna inhabilitación quedaría extinguida por el paso del tiempo, como sería el caso de Jordi Turull. El Procés entra en una nueva dimensión, pero no del todo desconocida.