Duro escrito de la defensa de Josep Alay, jefe de la oficina del presidente al exilio Carles Puigdemont, dirigido a la sala de apelaciones de la Audiencia Nacional por la instrucción del caso Tsunami Democrático. Un texto de 79 páginas, al cual ha tenido acceso El Món, con que pide dejar sin efecto la exposición razonada que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, ha remitido al Tribunal Supremo, donde califica las protestas post sentencia de actas de terrorismo. La decisión del juez es porque entre los investigados se encuentran el mismo Puigdemont y la secretaria general de ERC, Marta Rovira, también en el exilio, que están investigados en la causa del Proceso por el mismo Tribunal Supremo.
El abogado de Alay, Gonzalo Boye, no solo niega la existencia de los delitos, y de los hechos imputados, así como la competencia del juez instructor, sino que va más allá. Alay pone en negro sobre blanco un serio aviso al magistrado por la ingente cantidad de recursos públicos utilizados en una causa que no tiene pies ni cabeza, en la cual incluso el ministerio fiscal se ha puesto las manos en el jefe. De hecho, Alay y el resto de defensas han presentado recursos y escritos, así como incidentes de recusación, por la decisión del juez instructor. De hecho, el escrito pide una serie de documentación para deducir un testigo de particulares sobre este gasto.

«Gasto público indebido»
El escrito detalla el relato del juez, articulado a través de los informes de última hora del servicio de Información de la Guardia Civil. Una investigación que Alay tilda de «gasto público indebido» y «utilización indebida de los instrumentos juridicopenales que el Estado ha puesto a disposición de jueces y tribunales». Un desbarajuste de recursos y poderes que, a criterio de la defensa de Alay, «quedan evidenciados como indebidamente utilizados cuando se hace un análisis como la que hace el recurso de apelación». «Desconocemos», resalta el recurso, «por qué se continúan gastando recursos públicos en un procedimiento en que los hechos no son constitutivos de ninguna actuación terrorista y, además, la mayoría, sino todos, o han sido enjuiciados o están en vías de serlo», en referencia a la cantidad de juicios sobre las protestas que se han registrado a la justicia ordinaria.
La defensa sostiene que los «hechos no son constitutivos de ningún delito; los hechos, si fuera alguno o algunos, no serían de la competencia de la Audiencia Nacional y, en ningún caso, lo serien del Tribunal Supremo». Es decir, Alay arguye que se ha vulnerado el derecho a un juez predeterminado por ley y que la decisión del juez se toma a pesar de saber que hay otras investigaciones por juzgados que sí que son competentes. «Todo esto con un gasto público imposible de justificar para ir avanzando en una investigación prospectiva que nos ha llevado hasta el momento actual y el dictado, entre otros, de la resolución que envía el caso al Supremo».