La proposición de ley de amnistía registrada en solitario por el PSOE la semana pasada en el Congreso de los Diputados antes de celebrarse el pleno de investidura de Pedro Sánchez ha recibido un primer visto bueno de los letrados de la Cámara Baja. La Secretaría General del Congreso, que ocupa Fernando Galindo, admite que puede haber «posibles motivos de inconstitucionalidad» en la proposición de ley de amnistía presentada por el PSOE, pero no hay una contradicción tan «palmaria» con la Carta Magna porque la Mesa del Congreso impida la tramitación.

«No parecen existir en la Constitución ni a la jurisprudencia constitucional parámetros o elementos suficientes para determinar si se produce una contradicción evidente y palmaria con la Constitución», exponen los letrados en el informe que han preparado para que la Mesa del Congreso tome una decisión sobre la calificación del texto a la reunión de este martes. Además, defienden que la iniciativa actual «guarda, desde el punto de vista de su estructura, una similitud mucho más clara» con la Ley de Amnistía del 1977.

Aun así, remarcan que «hay otras posibles motivos de inconstitucionalidad identificados por parte de la doctrina para el análisis de la cual habría que contar con doctrina del Tribunal Constitucional que no se ha dictado todavía». En concreto, citan «un eventual incumplimiento» del artículo 14, que proclama la igualdad de los españoles ante la ley, y de la artículo 117.3, que recalca que la potestad de juzgar y de ejecutar aquello juzgado «corresponde exclusivamente a los juzgados y tribunales».

El informe también admite que el Tribunal Constitucional sí que podría encontrar algunos «incumplimientos» según la interpretación que haga en el futuro del texto de la ley, una norma muy criticada por la oposición y por órganos judiciales como el CGPJ. Por otro lado, los letrados dejan claro que «el trámite de calificación y admisión a trámite de las iniciativas parlamentarias no está configurado como control previo de constitucionalidad. La posibilidad de inadmitir una iniciativa parlamentaria a la fase de calificación y admisión a trámite es en todo caso excepcional, puesto que puede suponer una rotura de los derechos fundamentales previstos en el artículo 23 de la Constitución».

Foto de familia de entidades y partidos independentistas ante el Congreso con las cajas con firmas a favor de la ley de amnistía, el 21 de junio de 2021 / ACN
Foto de familia de entidades y partidos independentistas ante el Congreso con las cajas con firmas a favor de la ley de amnistía, el 21 de junio de 2021 / ACN

Diferencias con la ley de amnistía presentada por los independentistas hace dos años

En el documento, que no tiene carácter vinculante, el letrado mayor detalla que la iniciativa no entra en contradicción «evidente y palmaria» con el artículo 62 y) de la Constitución que impide «autorizar indultos generales», cosa que a parecer suyo sí que pasaba con el proyecto de ley de amnistía que los grupos independentistas presentaron el 2021 y que fue rechazado por la Mesa. De hecho, deja claro que el texto «cuenta con elementos que la diferencian» de aquella.

En efecto, hace dos años, los juristas del Congreso señalaron que no procedía su admisión a trámite «al suponer la concesión de un indulto general» que entraba en «una contradicción palmaria y evidente con aquello que dispone el artículo 62 y) de la Constitución». En esta anotación se apoyó el PSOE, con el PP y Vox, para impedir que se debatiera.

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