El insólito caso de la hija-nieta de Ana Obregón ha reabierto el debate sobre la gestación subrogada en el estado español, pero la particularidad de haber fecundado un óvulo con esperma de su hijo muerto añade complejidad a una polémica que traerá cola. En la entrevista en exclusiva que dio a la revista

Pero no todo el mundo lo ve tan claro. El magistrado y portavoz territorial de Jueces y Juezas por la Democracia, Joaquim Bosch, asegura en un hilo de Twitter que el polémico caso de Ana Obregón presenta “nuevos problemas jurídicos y éticos”. No está tan claro que alguien pueda ser la madre y la abuela de un bebé y también tiene dudas sobre la utilización del esperma congelado de su hijo, ya muerto, sin una autorización expresa. Ante todo, Bosch recuerda que la gestación subrogada es “contraria a la ley” en España y que se considera un tipo de “violencia contra las mujeres”. El Tribunal Supremo considera que los vientres de alquiler son una “variante de la venta de niños y niñas”.
Los mecanismos que tiene Obregón registrar la hija-limpia
El jurista reconoce que hay personas —ricas— que intentan saltarse la prohibición viajando al extranjero y después quieren registrar el niño en España. En el caso de Obregón, es “la abuela genética” y pretende ser “la madre registral” de la niña. A pesar de que desde 2010 existe una instrucción que permite regularizar bebés comprados en el extranjero —Miguel Bosé es uno de los famosos que ha utilizado esta vía—, Bosch matiza que está pensada para personas que han aportado su material genético en la fecundación. Es como una red de seguridad para que si se deniega el registro inicial, el solicitante pueda “ejercer después una acción de paternidad para reclamar la filiación biológica”.
“El caso de Ana Obregón es muy diferente porque ella no ha aportado material genético propio, sino de su hijo”, por lo cual avisa que una acción de filiación biológica “no podría prosperar”. Una alternativa sería la adopción, pero Bosch alerta que hay otro problema. Obregón es la abuela de la niña y el Código Civil español “prohíbe que una abuela sea la madre adoptiva de su nieta”. El artista todavía tendría otra opción. Cuando todo marra, como que delgada el interés de la menor, se podrían “activar mecanismos tutelares” para nombrarla “tutora” de la niña si se acredita que es “la persona más idónea”. Sea como sea, hasta que Obregón no se presente el Registro Civil no se pondrá en marcha la maquinaria burocrática.