Nueva pantalla en el caso Sixena, esta vez desde la movilización civil. Acció Cassandra, la entidad de juristas definida como la defensa de la minoría nacional catalana, ha presentado una demanda individual ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) contra el Reino de España por vulneración de derechos culturales a raíz del caso Sixena. De hecho, era una estrategia que tenían pensada y preparada desde que iniciaron las acciones ante el Tribunal Constitucional.
La demanda conlleva también una petición paralela de medidas provisionales urgentes para «detener el traslado de las pinturas murales románicas del Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) a Vilanova de Sixena, en Aragón. La demanda, firmada por el letrado, Josep Rosell, abogado y copromotor de Cassandra. La base argumental de la petición de medidas de protección es detener el riesgo inminente de destrucción irreparable de estas pinturas y en la grave restricción del acceso al patrimonio cultural catalán y universal. Por todo ello, se pide la suspensión cautelar de la sentencia dictada en el orden civil y que aún está en fase de ejecución.

Vulneración de derechos fundamentales
El grueso de la demanda interpuesta en Estrasburgo se basa en el artículo 34 de la Convención Europea de Derechos Humanos y de las Reglas 45 y 47 del Reglamento del Tribunal. Es decir, la vulneración de los artículos 8, que protege la vida privada e identidad cultural; el artículo 10, que blinda la libertad de expresión y derecho de acceso a obras culturales y del artículo 1 del Protocolo número 1 de protección de la propiedad en su dimensión de patrimonio cultural en interés público.
En este sentido, la demanda interpreta que el traslado forzoso de las obras impuesto por las autoridades judiciales españolas «afecta directamente su identidad cultural como catalán y su derecho a participar en la vida cultural». Un concepto que Rosell, como ciudadano individual, interpreta vulnerado de acuerdo con la última doctrina que explica y argumenta estos derechos culturales de tercera generación.

Memoria de la minoría nacional
La demanda defiende que «las pinturas murales de Sixena forman parte esencial del patrimonio románico catalán y de la memoria histórica de la minoría nacional catalana, después de 90 años de conservación, restauración y exhibición pública en el MNAC, donde fueron trasladadas para ser salvadas durante la Guerra Civil española». El texto subraya que ha sido «la comunidad catalana quien ha asumido el cuidado y la financiación de estas obras durante décadas, mientras que la reclamación actual llega después de un largo período de desinterés por parte de las instituciones aragonesas».
«El traslado a un municipio pequeño y poco accesible, con equipamientos museísticos limitados, reduciría el acceso anual estimado de cerca de 800.000 visitantes al MNAC a poco más de un millar de personas, lo que, según la demanda, constituye una regresión grave de los derechos culturales y una discriminación indirecta del público catalán y europeo», añade Rosell. “No es solo un litigio sobre unas pinturas, sino sobre el derecho de la minoría nacional catalana a preservar su memoria cultural ante decisiones que, en nombre de una propiedad discutible, arriesgan de manera irresponsable un patrimonio románico irrepetible”, sentencia Rosell a través de un comunicado.

