Ningún problema. Los agentes infiltrados pueden actuar sin dar explicaciones a las víctimas. Esta es la posición de la fiscal del caso del agente del Cuerpo Nacional de Policía que se infiltró en los movimientos independentistas de Girona y Salt y mantuvo una relación con el activista Òscar Campos con el objetivo de obtener información.

En un escrito de ocho páginas, al que ha tenido acceso El Món, y que ha enviado al juzgado, la fiscal del caso justifica que el agente no utilizó medios “ilícitos” al ser pareja de Campos. De hecho, argumenta que gracias a esta relación “logró cumplir la misión” que tenía encomendada. Pero el ministerio público va un paso más allá y entra en el respaldo legal de la figura de los infiltrados.

A pesar de que la ley no regula expresamente la figura del “agente infiltrado para obtener inteligencia criminal”, la fiscalía sí cree que la legislación ampara que utilizara esta “técnica” y ocultara su identidad. Todo esto sirve a la fiscalía para argumentar la inadmisión a trámite de la querella contra el agente por tortura, lesiones psíquicas y revelación de secretos, dirigida por Benet Salellas. El ministerio fiscal concluye que ni siquiera de manera indiciaria se cometió ningún delito.

Parte del escrito de la fiscalía sobre el caso de los infiltrados/QS
Parte del escrito de la fiscalía sobre el caso de los infiltrados/QS

“Impedir acciones radicales-violentas”

La tesis de la fiscalía es que no se produjo un “acceso indebido a la información”. “Precisamente”, razona, “es la función que se le había encomendado, para tratar de impedir el desarrollo de acciones de carácter radical-violentas en el marco de la estrategia global secesionista”. Entre estas acciones, la fiscal enumera actos de “sabotaje”, “participación en manifestaciones no autorizadas” o participación en “acciones manifiestamente ilegales”.

Curiosamente, la fiscal hace una extraña confesión. En detalle, que define la figura del agente infiltrado que tiene por cometido “obtener inteligencia criminal”. Una información que en ningún caso debe estar relacionada con un procedimiento judicial. Es decir, que la información y datos que obtiene el agente no pasa necesariamente por abrir o cubrir un procedimiento penal. Un argumento que ha hecho llevarse las manos a la cabeza a la defensa de Òscar. “La fiscal considera que existe una figura legal -no prevista en la ley- de agente infiltrado de inteligencia que puede obviar todos los límites de los derechos fundamentales porque su función no es obtener pruebas penales. Pero entonces, ¿la información para qué es?”, se pregunta el despacho Salellas ante la afirmación del ministerio público.

Por otro lado, la fiscal también defiende que fuera la pareja del espiado, como una manera natural de obtener información. Además, también interpreta como legal el hecho de que asistiera a las reuniones en el despacho de abogados de los activistas y se enterara de la estrategia de defensa jurídica. La fiscal asegura que su presencia en estas reuniones se celebraron en el contexto de ser la “su pareja y con su consentimiento”. Incluso, llega a reprochar a la querella que no se concreta qué información obtuvo de una relación “íntima” con criterios “de igualdad”.

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