Continúa la ofensiva de Acció Cassandra en el caso Sixena. La entidad jurídica en defensa de la minoría nacional catalana ha anunciado que presentará un «escrito complementario al Registro del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)«, a raíz de la demanda ya presentada para pedir a la magistratura europea «que requiera formalmente al Estado español un informe técnico independiente del Instituto del Patrimonio Cultural de España (IPCE) o de expertos designados por el Ministerio de Cultura». Un informe que, hasta ahora, el ministro de Cultura y máximo responsable de esta entidad patrimonial, Ernest Urtasun, ha evitado ordenar que se elabore.
Para los abogados de Acció Cassandra- Josep Rosell y Lluís Gibert- «el objetivo es acreditar de manera objetiva si la ejecución de la sentencia española —que ordena el traslado de los murales románicos del MNAC a Vilanova de Sixena— conlleva un riesgo real e irreversible de daño a las pinturas». De hecho, esta mañana, Urtasun, en el Congreso de Diputados ha excusado no haber pedido el informe porque, a su criterio, no serviría a la jueza instructora para detener el traslado.

«Prueba esencial»
El escrito jurídico que piensan presentar se fundamenta en el carácter de «prueba esencial para que el TEDH pueda valorar si el Estado ha cumplido sus obligaciones positivas de protección del patrimonio cultural y de prevención de daños irreparables». De hecho, reclaman la aplicación efectiva del artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos que protegen la vida privada e identidad cultural y del artículo 1 del Protocolo número 1 sobre la protección de bienes culturales de interés general.
En el escrito, Cassandra recuerda que «a pesar de varios intentos, «hasta ahora no ha sido posible obtener este informe por vías internas, ni ante el juzgado de Huesca ni ante las autoridades competentes, lo cual vulnera el deber de evaluación previa de riesgos sobre un bien patrimonial único». Una situación que contrasta con los informes que sí han elaborado entidades internacionales.
Según ha anunciado Cassandra, el escrito al TEDH invocará expresamente el artículo 38 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que obliga a los Estados a facilitar al Tribunal toda la información y medios necesarios para un examen efectivo del caso, así como las normas 39, 44A y 44C del Reglamento del Tribunal, relativas a las medidas provisionales, al deber de cooperación y a las consecuencias de no proporcionar pruebas.

Un informe
La idea de Cassandra es que «el TEDH exija al Estado español la presentación de un informe completo sobre el estado actual de las pinturas, los riesgos técnicos concretos del desmontaje y traslado, y las condiciones imprescindibles para garantizar su preservación, o bien que se reconozca la imposibilidad de hacerlo sin daños». Además, los abogados catalanes reclamarán la aplicación de medidas cautelares para suspender cualquier intento de traslado, desmontaje o manipulación hasta que los técnicos del IPCE no den su opinión.
La entidad sostiene que, «sin esta prueba técnica, no se puede garantizar el justo equilibrio que exige la jurisprudencia europea entre las decisiones estatales sobre patrimonio y el derecho de la minoría nacional catalana y de la ciudadanía europea a preservar y disfrutar de un bien cultural irrepetible». De esta manera, el escrito diferencia este caso de un simple litigio de propiedad y lo enmarca en una «cuestión de derechos humanos culturales y de deber de diligencia reforzada en la protección del patrimonio común de la humanidad.».

