El gobierno español ha derogado este jueves, fruto de un pacto con Junts per Catalunya, el artículo 43 bis de la ley de enjuiciamiento civil, que reforzaba la suspensión de los procedimientos cuando los jueces planteaban cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y que, según Junts, dificultaba o atrasaba la aplicación de la ley que amnistía una década del ‘proceso’. Lo ha hecho a través de un decreto ley incluido a la prórroga de medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivados de los conflictos de Ucrania y Próximo Oriente que se ha publicado este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Aun así, el ejecutivo de Pedro Sánchez ha matizado que los magistrados podrán seguir parando las causas cuando presenten prejudiciales.
El artículo en cuestión fue impulsado por el gobierno español el diciembre pasado, y fijaba que cuando un magistrado planteara una cuestión prejudicial se acordaría «la suspensión de las actuaciones» hasta que la justicia europea resolviera o hasta que se retirara la cuestión planteada. Esto implicaba, por ejemplo, que en caso de que los jueces advirtieran de una posible colisión de la ley de amnistía con las normas comunitarias podrían dirigirse al TJUE para resolver sus dudas y, hasta entonces, los casos en que plantearan la cuestión prejudicial quedarían congelados, cosa que supondría dilatar la aplicación de la nueva ley a estos casos. En la redacción, se explica que la disposición derogatoria única suprime el artículo 43 bis «de forma que sean los órganos judiciales nacionales los que puedan aplicar directamente la jurisprudencia del TJUE, fundamentalmente a partir del artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, respecto a las cuestiones prejudiciales que se planteen ante suyo».
Malgrat que el real decreto elimina la suspensión automática de los procedimientos, la vicepresidenta primera del gobierno español, María Jesús Montero, ha dejado claro que la supresión del artículo no supone necesariamente que los magistrados tengan que suspender sus procedimientos cuando planteen cuestiones prejudiciales ante el TJUE. Montero ha asegurado que la práctica jurídica «seguirá produciendo esta situación» de suspensión de los procedimientos «cuando se haga una consulta» al TJUE. «Hay una costumbre jurídica que se mantendrá seguro con independencia de los cambios jurídicos de hoy», ha admitido en declaración a los periodistas en el Congreso de los Diputados.

El gobierno español cumple con Junts
La derogación se produce después de que Junts per Catalunya la vinculó a la negociación de los decretos ómnibus del mes de enero, que se aprobaron por la mínima, 172 votos a favor y 171 en contra, y permitieron activar el cuarto desembolso de fondos europeos en el Estado. Los de Puigdemont hicieron esta petición porque consideraba que el artículo en cuestión ponía en peligro la aplicación de la amnistía, puesto que, según ellos, establecía una vía para que los magistrados plantearan cuestiones prejudiciales y parar el proceso durante meses o años.