Cataluña autoriza el toples en las piscinas públicas. El Departamento de Igualdad y Feminismos de la Generalitat avisa a los ayuntamientos de Cataluña que prohibir a las mujeres hacer ‘toples’ en las piscinas públicas es «discriminatorio». Y no solo esto, en la carta que han enviado desde el Gobierno también incluyen otras situaciones habituales en las piscinas, como por ejemplo amamantar a los niños o limitar el acceso a las instalaciones con bañadores integrales. Según relata la misiva, no permitir estas acciones «excluye una parte de la población del acceso a determinados servicios y vulneran la libre elección de cada persona sobre su propio cuerpo».
Así pues, todas las piscinas municipales que no permitan libremente ejercer estas prácticas «no serán de aplicación», es decir, como público de la piscina no habrá que cumplirlas. Y, además, obligan a modificarlas para que se adecuen a la ley de igualdad de trato y no-discriminación aprobada por el Parlamento en diciembre de 2020. Por lo tanto, en este sentido, la Generalitat remarca que los ayuntamientos catalanes tienen que cumplir con la normativa y velar por no discriminar a la población en los equipamientos municipales.

Velar por el buen funcionamiento de las piscinas
Los ayuntamientos no solo tienen que tener cuidado a la hora de garantizar estos derechos para no discriminar, sino que también tienen que cumplir con la normativa que regula los bañadores que se pueden usar en las piscinas. En este sentido, la ley determina que los bañadores tienen que garantizar la higiene personal y la salud pública; y que en todo caso cubran los genitales de la persona. Por lo tanto, desde el Gobierno catalán recuerdan que tiene que quedar totalmente prohibido el uso de ropa de calle para el baño. Por último, desde la Generalitat también han querido resaltar la importancia de no discriminar el acceso a las piscinas a ningún colectivo por su origen o etnia, otro de los puntos que recoge la ley de igualdad de trato y no-discriminación del Parlamento.