La exsecretaria general del PP y exministra de Defensa, Dolores de Cospedal, tiene mucha suerte. Una vez más la Audiencia Nacional ha vuelto a blindarla y ha evitado que comparezca como imputada en la macrocausa Tándem, que investiga las operaciones del comisario de inteligencia jubilado del Cuerpo Nacional de Policía José Manuel Villarejo. En concreto, en la pieza separada número 31 que se inició como una investigación de los negocios tapadera en la República Dominicana y ha terminado como una pieza instrumental de material confidencial diferente de las 46 restantes abiertas.

En esta ocasión ha sido el titular del Juzgado de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, Antonio Piña, quien ha rechazado la petición del PSOE, comparecido como acusación popular, para interrogar como imputada a la exnúmero dos del PP. De hecho, el magistrado ha aceptado la tesis del ministerio fiscal que defendía rechazar la petición así como la de la acusación al marido de Cospedal, Ignacio del Hierro y al actual representante legal del PP.

La resolución, de ocho páginas y a la que ha tenido acceso El Món, el magistrado no se abstiene de criticar con contundencia la petición de los socialistas. Así considera que el escrito de petición «resulta contrario a la verdad en su fundamentación, desconocedor de la buena fe procesal, y lo que aún es peor, erróneo en los términos en los cuales se presenta».

Parte dispositiva de la interlocutoria con el rechazo de acusar a Dolores de Cospedal en la operación Tándem/QS
Parte dispositiva de la interlocutoria con el rechazo de acusar a Dolores de Cospedal en la operación Tándem/QS

«Carácter injurioso»

El magistrado Piña recuerda al PSOE que su posición de acusación popular tiene unos límites. En esta línea, señala que las «manifestaciones de su escrito de petición de diligencias excede lo que se conoce como usus fori -la costumbre o la práctica procesal- hasta alcanzar el carácter injurioso en referencia tanto a la actuación del instructor y del ministerio fiscal». Una respuesta a la afirmación de la dirección letrada del PSOE de considerar que tanto el magistrado como la fiscalía «ocultarían pruebas incriminatorias». «Una afirmación desmentida en las mismas actuaciones», remarca el magistrado en su interlocutoria.

En este sentido, Piña replica al PSOE que este tipo de afirmaciones en un escrito, «afecta el honor del juez y merma la confianza de la ciudadanía en la justicia». «El examen de las diligencias solicitadas, la comprobación y el conocimiento y la disposición de las grabaciones, que el PSOE utilizó en diversos recursos, ponen de manifiesto la intencionalidad de deslegitimar al instructor y al ministerio fiscal en esta causa». Asimismo, subraya que el PSOE los acusa de hechos «de enorme gravedad» que no se corresponden con la instrucción y que trasladan de manera «perversa a la opinión pública un intento de protección de Cospedal».

En definitiva, el magistrado concluye que los tres audios aportados, difundidos por los medios de comunicación, «no son elementos nuevos para abrir una instrucción independiente de la operación Kitchen». De hecho, recuerda que ya están aportados a la causa descargados desde los medios de comunicación. En primer término, recuerda que dos de los audios ya fueron rechazados por el instructor de entonces para motivar una imputación de Cospedal, una decisión que fue reafirmada por la sala de apelaciones. Y el tercer audio, para el juez, no tiene ninguna relevancia penal porque se refiere a una conversación entre Villarejo y Cospedal en la cual el comisario le pide ayuda.

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