El Govern ha reconocido que desconoce cuál es el uso del catalán en los juicios que se celebran en Cataluña. Esta es la respuesta que el consejero de Justicia y Calidad Democrática, Ramon Espadaler, ha dado a una pregunta por escrito formulada por Junts per Catalunya, y publicada en el Boletín Oficial del Parlamento de Cataluña (BOPC). Espadaler explica que una encuesta realizada en el año 2008 concluyó que el porcentaje de uso del catalán en las vistas orales se situaba en un 25% en todo el país. Actualmente, sin embargo, admite que «no hay indicadores que midan el uso del catalán en los juicios».
Espadaler alega en la respuesta que los datos sobre el uso de la lengua catalana «no se pueden contabilizar por el número o porcentaje de juicios hechos en catalán porque, en la práctica, en los juicios puede haber un cambio constante de lengua, según quién intervenga; en realidad, hay pocos juicios en los que se emplee solo una lengua». De la respuesta del consejero se extrae que la Generalitat no dispone de ningún registro público para conocer qué porcentaje de vistas judiciales se hacen en catalán, tal como pedía Junts en la pregunta, que, de hecho, también había solicitado si disponía de datos y porcentajes sobre «las causas y los motivos por los que no se pueden celebrar vistas judiciales en catalán».
Por otro lado, el titular de Justicia detalla que el Departamento organiza formación en lengua catalana para todo el personal al servicio de la Administración de justicia para garantizar el derecho a usar el catalán en las vistas orales. Esta formación a jueces, letrados de la Administración de justicia, fiscales, médicos forenses, gestores, tramitadores y personal del cuerpo de auxilio judicial tiene un «doble objetivo». Por un lado, capacitar al personal en lengua catalana y, por otro, garantizar que la ciudadanía pueda ejercer su derecho a utilizar oralmente y por escrito la lengua catalana cuando se relacionan con la Administración de justicia. En este sentido, señala que en el año 2025 hubo 745 personas de la Administración de justicia inscritas en los cursos de catalán, entre las cuales estaban todos los jueces que han tomado posesión en Cataluña y 64 alumnos de la Escuela Judicial, que «a menudo son de fuera de Cataluña, y que con esta formación se garantiza que puedan atender a los ciudadanos que ejercen su derecho de relacionarse en catalán».

La legislación vigente ampara las vistas en catalán
En el inicio de la respuesta, Ramon Espadaler recuerda la normativa que ampara las vistas en catalán. Así, cita el artículo 33 del Estatuto, que recoge el derecho de todas las personas a hacer uso de la lengua oficial que elijan en las actuaciones judiciales, el artículo 231 de la Ley orgánica del poder judicial, que establece que las partes, testigos y peritos pueden usar la lengua que sea también oficial en la comunidad autónoma en el territorio de la cual tengan lugar las actuaciones judiciales, y, finalmente, la ley del derecho de defensa también establece que si «el uso de una lengua determinada, especialmente la materna o una de las lenguas oficiales en las comunidades autónomas, contribuye a garantizar el derecho de defensa, el juzgado o el tribunal debe poner a disposición de los intervinientes que lo requieran los mecanismos pertinentes de interpretación y/o traducción». «De acuerdo con esta legislación vigente, las vistas se pueden hacer y se hacen en catalán si las partes intervienen en catalán», manifiesta el consejero, y puntualiza que «solo en caso de que una parte alegue indefensión por desconocimiento del catalán, se ponen los medios necesarios para que quien quiera declarar en catalán, lo pueda hacer».

