Este mediodía, la sala de lo penal del Tribunal Supremo ha decidido rechazar todos los recursos presentados contra la sentencia del 17-A, menos el de uno de los tres acusados. En una anchísima resolución de 347 páginas, los magistrados sostienen las penas por los principales condenados, Driss Aukabir y Mohamed Holiu, y rebaja a 18 meses la pena de 8 años a Saïd Azza, un carnicero que dejó una furgoneta a los implicados y que, de hecho, ya estaba en libertad a pesar de tener 8 años de condena. Ahora bien, la sentencia es especialmente dura con las acusaciones y defensas que ponían en entredicho la muerte o, más bien, la certeza oficial, de la muerte del imam de Ripoll, Abdelbaky Es Satty, considerado el cerebro de los atentados.
Así, los magistrados cierran todas las líneas que apuntaban las dudas, como la carencia de reclamación del cadáver o el no haber encontrado los teléfonos del imam a Ripoll. Pero, la resolución no rehúye una de las cuestiones más turbias de todo el proceso judicial y policial: la relación de Es Satty con los servicios de inteligencia del Estado, tanto del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), como del servicio de información de la Guardia Civil. Precisamente aquí es donde sorprende que los magistrados se equivoquen en su consideración de los hechos.

¿Sin concreción ni fecha? Al contrario, un informe y todo
En detalle, el error se encuentra en la página 210 y 211 de las 347 que tiene la sentencia judicial. En estas dos páginas reduce a apenas cuatro párrafos la escasa importancia de la relación del imam con los servicios secretos. De hecho, una relación a la cual los magistrados sacan hierro para impedir poder exigir responsabilidades, al menos por negligencia del Estado con las víctimas. En este sentido, el tribunal destaca no se ha aportado ningún dato que pudiera relacionar el imam con los servicios de inteligencia cuando se perpetraron los atentados.
Así, hace una mención a las visitas en la prisión, que afirma son “sin concreción de fechas y lugar” cuando estuvo enchironado por los otros delitos durante el 2010 y 2014. Un dato que, junto con una conversación con un dirigente de la comunidad musulmana de Bélgica el 2016, al darse cuenta de que hablaba en español por teléfono, le explicó que lo hacía porque hablaba con los servicios secretos españoles. Dos argumentos que los magistrados consideran demasiado «genéricos» y que «no permiten sostener una hipótesis de incumplimiento grave de los deberes de control de las fuentes de peligro conocidas que hay que exigir a los servicios secretos”.
Pero, los documentos aportados a la causa topan con esta carencia de «concreción de fechas y lugar» que reprocha el tribunal. No obstante, los contactos son bastante documentados. El imam, considerado el autor intelectual de los atentados del 17 de agosto en Barcelona y Cambrils, se entrevistó el 5/4/2012, el 24/05/21 y 26/6/12 con los agentes de la Guardia Civil con número de carné profesional T03083R y B93224U y el 17 de marzo de 2014, con los agentes de información del Centro Nacional de Inteligencia con número de identificación 7836 y 6917. Las visitas con agentes del CNI fueron medio año después de su último permiso penitenciario y un mes antes de su salida de la prisión, según delata el informe firmado por el subdirector general de Instituciones Penitenciarias, Javier Nietal, y que fue enviado al Área Central de Información Exterior de la Comisaría General de Información, por orden judicial.
Y asilo político y todo
Justo un mes después de su salida de la prisión, el 22 de mayo del 2014, el Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de Política Interior, emitió una resolución, firmada por el subdirector general de Asilo, con que admitía a trámite la “solicitud de protección internacional” d’Abdelbaky Es Satty, registrada el 29 de abril del mismo año. Una petición de asilo, a la cual tuvo acceso El Món, que finalmente se vio superada porque el juzgado contencioso número 2 de Castelló corrió más y anuló su expulsión de España —que habría ido asociada a la prohibición de entrada en el estado español por si intentaba volver—, con la complicidad del abogado del Estado.
