«El fiscal considera el traslado concedido improcedente e innecesario». Esta es la rotunda respuesta de la fiscalía especial del Tribunal de Cuentas, dirigida y firmada por Manuel Martín-Granizo Santamaría, a la providencia del organismo que otorgaba un plazo de diez días a las partes para pronunciarse sobre cómo aplicar la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que avalaba la amnistía. De hecho, la provisión del tribunal animaba a las acusaciones a aportar datos que acreditaran que se habían gastado fondos europeos y así poder continuar el procedimiento contra una treintena de cargos y altos cargos de los gobiernos de Carles Puigdemont y Artur Mas.
El fiscal no está para bromas y en tres páginas, a las cuales ha tenido acceso El Món, carga contra la decisión argumentando con una dureza insólita en el ministerio público cuando se trata de un asunto relacionado con el Proceso. «Es innecesario porque tanto la sentencia del TJUE en su conclusión primera, cuando habla de referentes a fondos que no provienen del presupuesto de la Unión, como el informe del Abogado General, en el apartado 62, cuando dice que la interlocutoria de remisión no recoge ningún elemento que indique que se utilizaran fondos procedentes del presupuesto de la Unión o administrados por la Unión», argumenta citando la sentencia. Es decir, para la fiscalía, la resolución deja muy claro que los magistrados europeos «descartan que se hayan utilizado fondos europeos». En todo caso, la fiscalía cree que hay que aplicar la ley de amnistía y levantar las medidas cautelares.

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Asimismo, el ministerio fiscal recrimina al tribunal que no respete ni su propia investigación. En este sentido, recuerda que «la interlocutoria en que se planteaba la cuestión prejudicial no contenía ningún elemento que pudiera sostener el uso indebido de fondos comunitarios porque en ningún momento, excepto una vez aprobada la ley de amnistía, se ha puesto en cuestión que las investigaciones de los gastos indebidos objeto de este procedimiento tengan otra procedencia diferente de la Generalitat de Catalunya«.
En esta línea, la fiscalía remarca que ni la sentencia del Proceso del Tribunal Supremo ni el informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas han mencionado nunca fondos comunitarios para la organización del referéndum. Por otro lado, el fiscal reprocha al tribunal que utilice en su objetivo un procedimiento procesal pensado para llevar a cabo diligencias de «mejora». Un procedimiento que «no puede tener tanta amplitud» como para abrir un nuevo procedimiento sobre la aplicación de la amnistía. De ahí que reclame al tribunal que aplique la amnistía y levante las medidas cautelares.


