Estrategia directa y sin rodeos de la defensa de Josep Maria Jové, el líder de ERC en el Parlamento, a quien el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) le tiene detenida la amnistía. En un escrito de ocho páginas, al cual ha tenido acceso El Món, el abogado de Jové aporta todas las resoluciones favorables a la aplicación de la amnistía por el delito de malversación. Principalmente, la sentencia del pasado 6 de octubre del Tribunal Constitucional, que ordenaba la aplicación de la ley del olvido penal para el independentismo a la exconsejera Dolors Bassa, y que consolidaba doctrina. De hecho, la sala penal del Tribunal Supremo, en un brevísimo plazo aplicó la amnistía -con resolución escrita por Manuel Marchena– a los condenados por la sentencia del Procés, Oriol Junqueras, Raül Romeva y Jordi Turull, que aún permanecían inhabilitados por la pena de la malversación. Una decisión que sirvió para levantar, al mismo tiempo las órdenes de detención para los tres integrantes del exilio.
El escrito reclama que el tribunal de Jové y también de Lluís Salvadó, que preside el magistrado Jesús María Barrientos, retire de manera inmediata las cuestiones prejudiciales que presentó ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Y, de cierta manera, le apunta que podría estar desobedeciendo o prevaricando. De hecho, cuando el 16 de julio, la alta instancia judicial europea avaló la amnistía a raíz del caso del Tribunal de Cuentas y de los CDR de la operación Judas, el mismo TSJC pidió posicionamiento a las partes. El ministerio fiscal entendió que le parecía bien que se aplicara la amnistía aunque opinaba que no era el mismo caso que el Tribunal de Cuentas. El primero de septiembre, Barrientos firmaba una interlocutoria con la que mantenía las prejudiciales.
Ahora bien, la sentencia del TC y las resoluciones del Tribunal Supremo dejan debilitada la posición del TSJC. Al fin y al cabo, no tiene sentido que se hayan amnistiado los primeros responsables institucionales del Procés -Jové y Salvadó eran los secretarios generales de Junqueras- así como todos los cargos intermedios -procesados en el Juzgado de Instrucción 13 de Barcelona- y el presidente del grupo parlamentario de ERC y el gerente del partido aún estén pendientes. El escrito aporta además de la sentencia del TJUE, las resoluciones del Supremo, de la Audiencia Nacional y del Tribunal de Cuentas.

«No hay margen de interpretación»
El escrito, breve pero rotundo, argumenta que «los motivos que la sala esgrimió» para retener las cuestiones prejudiciales «han quedado del todo superadas por las resoluciones posteriores». Por tanto, el abogado Ramon Setó, razona que «queda claro que la sentencia recaída en el Tribunal de Cuentas es aplicable al delito de malversación y no solo a los actos de responsabilidad contable como argumentaba la sala». «Ni el Tribunal Constitucional ni el Tribunal Supremo dejan ningún margen de interpretación diferente», añade.
En este punto también recuerdan a la sala que la «contundencia de la resolución del TC» les obliga a cumplir la ley y aplicar la amnistía. No solo por la rotundidad de la resolución sino por el simple hecho de que tiene «carácter vinculante y que se debe obedecer su resultado concreto». Además, recuerdan a Barrientos que el TC, en cuestión de derechos fundamentales, tiene una «función orientadora y vinculante para los poderes públicos y los tribunales en casos análogos». Un aviso a navegantes porque, a diferencia de Pablo Llarena, por ejemplo, que levantó las órdenes de detención, evitó una querella por prevaricación.

