La sala del Contencioso–administrativo del Tribunal Supremo ha decidido rechazar la petición de la medida cautelaríssima para devolver el escaño a Laura Borràs. De este modo, los magistrados avalan la decisión de la Junta Electoral Central que acordó retirarle el acta de diputada, el pasado 3 de mayo, a raíz de la sentencia condenatoria por prevaricación y falsedad documental que inhabilitaba la presidenta suspensa del Parlamento. La JEC consideraba que se le tiene que aplicar el artículo 6.2 que implica la «inelegibilidad sobrevenida» a raíz de la resolución judicial que la condena por un delito contra la administración pública. Borràs había pedido la suspensión hasta resolver por el Tribunal Supremo la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

Los magistrados, en su interlocutoria de cinco páginas, razonan que el escrito de petición de Borràs no aporta ningún argumento que justifiquen la urgencia que requeriría devolver el escaño sin que la Junta Electoral Central no diga la suya. Es decir, que las medidas cautelaríssimes no se acuerdan con el argumento de la petición y, en todo, caso se podrá debatir en el curso de la medida cautelar. En este sentido, la misma interlocutoria, la Sala acuerda incoar un incidente cautelar ordinario, concediendo a la representación procesal de la Junta Electoral Central y al Ministerio Fiscal un plazo común que finalizará a las 3 de la tarde del próximo viernes 12 de mayo para que efectúen alegaciones sobre la medida cautelar.

La fachada del Tribunal Supremo, a Madrid / Q.S.
La fachada del Tribunal Supremo, a Madrid / Q.S.

Continúa el recurso

Por otro lado, los magistrados dan curso al recurso que presentó el Parlamento de Cataluña contra la resolución de la JEC. De hecho, los abogados de la cámara catalana no reclamaban un procedimiento de cautelarísimas sino una medida cautelar ordinaria. De momento, los magistrados de la sala Tercera han dado diez días a la Junta Electoral para que presenten alegaciones a la petición del Parlamento. De este modo, el recurso contencioso continúa, pero antes dejan en el aire si mientras se resuelve el recurso presentado por Borràs y por la cámara catalana se le devuelve el escaño a Borràs.

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