No hay manera. La justicia española es un verdadero frontón de las diversas peticiones de investigación de posibles víctimas de la operación Catalunya. La última decisión lleva la firma de la sección Primera de la Audiencia de Madrid, que cierra la puerta a investigar una parte de la trama andorrana del dispositivo de las cloacas para detener el Proceso independentista. Las razones de los magistrados es que aún no hay suficientes «indicios sólidos» para abrir una investigación penal y, de hecho, el caso aún se considera únicamente diligencias previas.

En concreto, la resolución de la Audiencia, de siete páginas y a la que ha tenido acceso El Món, certifica la inadmisión de la querella en primera instancia, presentada por el CEO de la Banca Privada de Andorra, Joan Pau Miquel, contra el exjefe de la Unidad de Asuntos Internos del Cuerpo Nacional de Policía, Marcelino Martín Blas y el exagregado de Interior en la embajada de España en Andorra, Celestino Barroso, así como varios dirigentes del ministerio del Interior cuando estaba en manos de Jorge Fernández Díaz por las amenazas proferidas y las maniobras que habrían articulado para obtener información sobre datos financieros de líderes independentistas. Un operativo que, según la querella, habría terminado con la intervención y el cierre tanto de la BPA como de su filial española Banco Madrid.

Marcelino Martín Blas, exjefe de Asuntos Internos en una imagen de archivo y pieza principal del caso BPA/EP

Coincidente con la comisión

La decisión llega cuando la Comisión de Investigación en el Congreso sobre la operación Catalunya va ganando impulso y está a punto de analizar la trama andorrana. De hecho, Joan Pau Miquel está convocado como compareciente. La resolución, sin embargo, aunque apunta que puede haber indicios delictivos, considera que todavía no hay suficiente prueba que justifique una investigación penal y más de altas personalidades del Estado. En este contexto, la resolución alerta que las “pretendidas falsedades y su incidencia”, vertidas por la policía patriótica y el gasto de dinero público “no resultan ni indiciariamente probadas, ni subjetivamente ni objetivamente, con aportación de ninguna prueba de naturaleza objetiva”.

Curiosamente, la magistratura tampoco da valor a una grabación de Joan Pau Miquel con Celestino Barroso. De hecho, califica la grabación donde se pueden escuchar las advertencias al ejecutivo de la BPA porque “resulta vaga e insuficiente para tener un valor probatorio que justifique la admisión de la querella y la investigación judicial de los hechos”. En todo caso, interpretan que no hay suficiente base para iniciar una investigación penal. Los abogados de Miquel estudian un posible recurso.

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