Parecía que se imponía la cordura, pero finamente los equipos jurídicos de la Moncloa se han encargado de desmentirlo. Era un espejismo. La Abogacía del Estado ha presentado un recurso de apelación contra la decisión del juzgado de instrucción número 3 de Tortosa de archivar el caso de la Mariona, una abuela de más de 70 años que va con andador, acusada de un delito de odio a la Guardia Civil. El sobreseimiento, del pasado 13 de marzo, fue aprobado a petición del ministerio fiscal, que entendía que de la investigación hecha, que ya lleva más de seis años, no cabía en el delito de odio del artículo 510 del Código Penal.

Ahora bien, el abogado del Estado en Tarragona, Guillermo Leiva, considera que hay otros delitos que podrían imputarse a Mariona por sus comentarios en el Facebook contra uno de los guardias civiles que actuó durante el referéndum del Primero de Octubre. De hecho, Mariona y siete personas más, están investigados por escribir en las redes sociales reproches y críticas a un brigada del instituto armado por su intervención en Roquetes y la Rápita, donde fue retratado durante el operativo policial. El guardia civil acusaba los investigados de producirle una «angustia» que le habría hecho coger la baja del servicio. El abogado del Estado considera que la decisión de la jueza instructora le ha producido «indefensión» como acusación particular.

Intervención de los agentes de la Guardia Civil en Roquetes el 1-O
Intervención de los agentes de la Guardia Civil en Roquetes el 1-O

Un largo camino procesal

Después de cinco años de una profusa investigación de la Guardia Civil, la instructora del caso, la jueza Chantal Prieto, decidió salir adelante una acusación por delito de odio. Su argumento era que los mensajes “incitaban al odio y la discriminación [contra el brigada] por su condición de guardia civil y por haber participado en el dispositivo para impedir la celebración del referéndum”. Las defensas de los encausados pusieron el grito al cielo, para entender que un colectivo policial nunca puede ser objeto ni víctima de un delito de odio, incluido en el Código Penal para proteger colectivos vulnerables. En un primer momento, el ministerio fiscal compartía la opinión acusadora, pero el 20 de febrero pasado presentó un escrito en el juzgado en que pide el sobreseimiento de la causa por que había llegado a la conclusión que no hay ningún tipo de delito de odio.

De hecho, ya el febrero del año 2020 el ministerio fiscal corrigió y avisó la jueza que en este caso no veía el delito de odio por ninguna banda. La jueza, pero, no hizo caso y continuó la investigación estableciendo una relación de causa-efecto entre los mensajes de Mariona y la incapacidad del suboficial de la Guardia Civil declarada por los servicios médicos. Finalmente, el pasado 13 de marzo, la jueza decidió dar un golpe de carpeta al caso y cerrarlo. Pero el 3 de abril, el Abogado del Estado decidió anunciar recurso y lo interpuso.

No ha dicho nada como acusación particular

El recurso del letrado del Estado, al cual ha tenido acceso El Món, se queja de que como acusación particular no ha solicitado ningún sobreseimiento. Es más, reprocha que se opuso al archivo en trámite de alegaciones y, en cambio, la jueza instructora no ha hecho nada de caso al trámite de alegaciones a la interlocutoria de archivo. Así, interpreta que hay un error de procedimiento que obligaría a reabrir la causa. Por un lado, la infracción del artículo 782 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que obliga a pedir parecer a las acusaciones particulares.

Por otro lado, el letrado carga contra el motivo de fondo del archivo de la causa, que los hechos no tendrían ensambladura en el tipo penal de delito de odio a que hacía referencia el procedimiento. A pesar de que el abogado considera que la jueza podría tener razón, insiste que «bien es verdad que pueden haber otros tipos penales que pudieran tener ensambladura en los hechos instruidos y plasmados en el sumario». «Bien es verdad que», añade en su escrito el abogado de la Moncloa, «las partes acusadoras no están vinculadas por la calificación juridicopenal que efectúa el juez instructor en la apertura del procedimiento». «Por lo tanto», concluye, «no habiendo solicitado el sobreseimiento la abogacía del Estado como acusación particular, no hay ninguna base legal para acordarlo».

Cabecera del recurso del Abogado del Estado al caso de Mariona/QS
Cabecera del recurso del Abogado del Estado al caso de Mariona/QS

La Abogacía del Estado alega «indefensión»

Así mismo, el abogado remarca que la juez instructora ha dictado el archivo «sin esperar que como acusación particular presentara escrito de acusación o, si es procedente, de solicitud de sobreseimiento». Un hecho que entiende que constituye una «infracción procesal invalidante y que causa indefensión a los letrados del Estado porque los priva de un instrumento previsto al ordenamiento jurídico para la defensa de sus intereses como es el escrito de acusación». En el mismo sentido, critica abiertamente la jueza por haber hecho la calificación jurídica de los hechos, cuando «es una competencia de las partes acusadoras». «No tiene sentido en este momento procesal entrar a efectuar valoraciones jurídicas relativas a la tipificación penológica que puedan tener los hechos puestos de manifiesto en la instrucción y recogidos a la interlocutoria de procedimiento abreviado», asegura el letrado estatal.

De este modo, en el recurso razona que en el momento procesal en que se encontraba la instrucción del caso cuando se ha archivado, «no hay motivos para afirmar con claridad y sin esfuerzo ni interpretaciones la atipicidad de las conductas investigadas». «No es posible acordar el sobreseimiento», subraya con contundencia el abogado del Estado porque «se han acreditado indicios de posible responsabilidad penal, al margen de las calificaciones que puedan las acusaciones». Eso sí, no especifica qué delitos constituirían los indicios recogidos en la instrucción. Todos los implicados, el ministerio fiscal incluido, han presentado alegaciones al recurso de la Abogacía del Estado y el pasado 26 de mayo se acordó elevar el recurso a la Audiencia de Tarragona, que todavía está pendiente de tramitarlo.

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