Hay causas judiciales que nacen malditas y tienen todos los números para morir malditas. Este es el caso de un sumario que se mantenía latente, pero vivo, en el juzgado de instrucción 16 de Barcelona. Es una de las causas colaterales contra el Proceso, una impulsada por la Fiscalía a raíz de una denuncia anónima y que ha vivido todo tipo de vicisitudes procesales y materiales. Es el caso contra la Asociación Catalana de Municipios (ACM) donde hay una decena de imputados, entre los que se cuentan el exconsejero de Interior, Miquel Buch, el exsecretario general de la entidad municipalista, Marc Pifarré, o la actual mano derecha de Jordi Turull y diputado juntaire David Saldoni. Se acusa a los investigados de financiar el Proceso independentista que ahora se vuelve a enredar por la conducta del fiscal que se hace el desentendido sobre la aplicación de la amnistía, tras un archivo, dos intentos de enviarla al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y la mano de Manuel Marchena que reabrió la causa en tiempo de descuento.
En concreto, las defensas y la Fiscalía Superior de Cataluña han puesto el grito en el cielo por la conducta del fiscal del caso, que no solo arrastra los pies, sino que se hace el desentendido ante la doble petición del juez instructor para que se pronuncie sobre la posibilidad de aplicación de la ley del olvido penal para los independentistas. El intento del juez fue remitir la causa al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) por la condición de aforado de Saldoni, pero tanto el presidente de la sala civil y penal, Jesús María Barrientos, como el teniente fiscal de la Fiscalía Superior de Cataluña, Pedro Ariche, han devuelto la causa al juzgado de origen con un mensaje concluyente: que haga bien el trabajo, y que el fiscal se apresure a decir lo suyo sobre la aplicación de la amnistía y más en una causa que todavía considera «embrionaria» de la investigación.

Un fiscal que se hace el sordo
La etapa actual por la que pasa la instrucción tiene un punto que genera perplejidad y que ha puesto en guardia al juez instructor y las defensas. En primer lugar, el juez, de manera bastante hábil y honesta, con la entrada en vigor de la ley de amnistía, dictó una providencia, el 16 de junio, con la que daba traslado solo al ministerio fiscal, como única acusación, para que alegara en diez días de plazo lo que considerara respecto a la aplicación de la nueva norma.
Pasaron los días y la respuesta solo era el silencio. Hasta que el mismo día que vencía el plazo, el 3 de julio, presentó un nuevo escrito con el que pedía clemencia al instructor y diez días más para despachar el trámite. Aunque el escrito del fiscal no argumentaba ni exponía ningún motivo o excusa para justificar la tardanza, el juez, benevolente, le otorgó diez días más de plazo. Ahora bien, esta vez sí que también dio traslado a las defensas. Todos los abogados defensores cumplieron con el trámite el 20 de julio, al final del plazo, solicitando la aplicación de la amnistía, pero el fiscal a finales de septiembre aún no había contestado. Ahora las defensas han pedido un escrito de impulso procesal para instar a que el ministerio público haga los deberes y responda.

La fiscalía en el TSJC, también enfadada
En el mismo contexto, el juez instructor intentó remitir la causa al TSJC, aprovechando que Saldoni había recogido el acta de diputado y era aforado. En total son 15 tomos de causa, que el magistrado envió al alto tribunal justo cuando le había dado el plazo de diez días al fiscal para posicionarse y aún no se había pronunciado. Ante esta situación surrealista, el fiscal del caso en el TSJC, el veterano Pedro Ariche, no tuvo miramientos y emitió un decreto el pasado primero de octubre. El escrito, al que ha tenido acceso El Món, pide al TSJC que devuelva la causa al juzgado de instrucción porque no hay ningún elemento que, de momento, permita pasar la causa a la sala que preside Barrientos.
En un texto de seis páginas, impregnado del estilo astuto de Ariche, cargaba las tintas sobre la petición del juez por la falta de sustancia y su inconsistencia procesal. «La verdad es que en el presente momento procesal aún no ha sido concretada la naturaleza jurídica de la ACM y, dado el estado embrionario de la causa, porque aún no se ha tomado ni declaración como investigado a ninguno de los querellados, se desconoce tanto la naturaleza de los fondos como la destinación dada a gran parte del dinero dispuesto, cuestiones sustantivas para si la investigación excede de la competencia de la sala civil y penal del TSJC», argumenta con dureza Ariche.
De hecho, este ya era el segundo intento, porque en el mes de febrero el juez instructor ya lo había probado, cuando Saldoni consiguió el acta por la baja de otro diputado. Entonces, el presidente del TSJC le devolvió el caso al instructor alegando que la exposición razonada no era exhaustiva y solo se basaba en la «relación nominal» de un aforado. Es decir, Barrientos regañaba al instructor por no haber hecho lo que tocaba, que era una resolución argumentando por qué era necesario procesar a un diputado del Parlamento cuando ni siquiera se le atribuía ningún hecho concreto.

Una causa con denuncia anónima y un despropósito procesal
Esta instrucción investiga los delitos de malversación de caudales públicos, fraude y exacción ilegal, del artículo 432, 252 y 436 del Código Penal. Todo por gastos que desde el año 2015 supuestamente sirvieron para financiar el referéndum del Primero de Octubre de 2017 así como «la creación de un nuevo Estado fuera de las vías legales». La causa se abrió en diciembre de 2017 a raíz de una denuncia anónima por supuestas irregularidades de la entidad municipalista que llegó a la unidad anticorrupción de los Mossos d’Esquadra, que pidieron a la Fiscalía poder acceder a datos tributarios y de la Seguridad Social de la ACM.
Paralelamente, en marzo de 2020, el Cuerpo Nacional de Policía informó a la Fiscalía que investigaba el supuesto desvío de fondos de la ACM al proceso independentista. La Fiscalía abrió diligencias por malversación de fondos públicos, falsedad en documento mercantil, fraude, blanqueo de capitales, negociaciones y actividades prohibidas a funcionarios y abuso en el ejercicio de funciones. La investigación también afectaba a una agencia de viajes de Vic. Finalmente, las dos investigaciones policiales se unificaron y se pidió información tributaria y económica de cinco personas primero, y después de cinco más.
En junio de 2018, Miquel Buch, presidente de la ACM, fue nombrado consejero de Interior y pasó a ser aforado. La Fiscalía dejó de investigarlo. En septiembre de 2018 se prorrogó la investigación, y en marzo de 2019 la Policía Nacional la dio por concluida. En julio de 2019 la Fiscalía presentó la querella contra nueve personas por malversación y fraude, sin haberlo comunicado a los afectados. La Audiencia de Barcelona en julio de 2021 ordenó archivarla con una dura reprimenda a la Fiscalía y al juez instructor por alargar una instrucción y apuntar una posible investigación prospectiva.

Marchena entra en acción
La resolución de la Audiencia era especialmente cruda con el instructor y la Fiscalía. Así, subrayaba las irregularidades procesales que quebraban las garantías de los investigados y los errores graves de la querella. “Ciertamente, causa perplejidad que la querella confunda la Fundación Carles Pi i Sunyer de Estudios Autonómicos con una asociación, inexistente, llamada Carles Viver Pi i Sunyer”, razonaba la interlocutoria de archivo. La fiscal había confundido un centro de investigación en el campo de los gobiernos locales y las comunidades autónomas –que recibió pagos de la ACM por este motivo– con el exvicepresidente del Tribunal Constitucional y jurista que ideó algunas de las llamadas ‘leyes de desconexión’ impulsadas por la Generalitat.
La querella incluía, además, alusiones a un viaje que la ACM pagó a un centenar de alcaldes para asistir a un acto organizado en Bruselas por el presidente de la Generalitat en el exilio, Carles Puigdemont, en noviembre de 2017. Lo que no dijo la fiscalía es que este viaje ya se había investigado (y archivado por falta de indicios) en otro procedimiento. El tribunal también reprochaba que no se hubiera tomado declaración a los investigados y que no se ordenó los «términos y el alcance» de los registros de los procesados, de modo que se vulneraba su intimidad. En síntesis, la Audiencia acusaba al juez de no llevar un “control efectivo de la investigación” que estaba llevando a cabo la policía.
La Fiscalía recurrió el archivo, que llegó a la sala penal del Tribunal Supremo, a la sala que preside Manuel Marchena. El ponente del recurso fue José Ramón Berdugo -el mismo ponente del caso de la imputación del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz-, y decidió anular el sobreseimiento obligado por la Audiencia y admitir la tesis del fiscal. Los magistrados del Supremo entendieron que el cierre de la causa había sido «precipitado». Incluso, la sala avaló las entradas y registros que tanto había criticado la Audiencia y negó que se hubieran vulnerado derechos fundamentales de los acusados. La causa ahora dormía el sueño de los justos hasta que la amnistía la ha despertado y, de manera coherente con su historial, se ha vuelto a atascar.