Después de varias absoluciones, la Audiencia Nacional ha condenado al comisario de inteligencia ahora jubilado José Manuel Villarejo a tres años y seis meses de prisión, por un delito de revelación de datos reservados a terceros cometido por un funcionario público. Todo esto por el caso Dina, una de las cuarenta piezas separadas de la macrocausa Tándem, sobre el acceso no autorizado y la distribución a dos medios de comunicación del contenido de una tarjeta SIM de teléfono móvil robada en noviembre de 2015 a Dina Bouselham, entonces asesora del secretario general de Podemos, Pablo Iglesias.
Los magistrados, además, también lo condenan a pagar una indemnización de 5.000 y 1.000 euros tanto a Bouselham como a Iglesias, y ordenan que la Administración General del Estado sea responsable como responsable civil subsidiaria. Los jueces convienen que se vulneró el derecho a la intimidad de los dos perjudicados. La sección cuarta de la sala penal especifica en la resolución que aplican el atenuante de dilación indebida debido al tiempo transcurrido entre el momento en que se inició la instrucción, en el año 2017, y la celebración del juicio.

«Sustracción subrepticia»
Según los hechos probados que recoge la sentencia, el 1 de noviembre de 2015 unos «individuos desconocidos sustrajeron de manera subrepticia los efectos personales de Dina Bousselham y de su pareja de entonces mientras se encontraban en una tienda, incluido un teléfono móvil que utilizaba». Posteriormente, el 19 de enero del año siguiente, se envió a la sede del Grupo Zeta un sobre que contenía la tarjeta de memoria externa que se había conectado al teléfono móvil de Dina Bousselham.
Los archivos contenidos en esta tarjeta de memoria fueron examinados en la sede del Grupo Zeta por Alberto Pozas y Luis Rendueles, editor y periodista de la revista Interviú; por el director editorial, Miguel Ángel Liso Tejada, y por el presidente del grupo editorial, Antonio Asensio Mosbah. El Grupo Zeta rechazó publicar la información de la tarjeta, pero su contenido llegó al comisario Villarejo, quien habría entregado parte de este material a «periodistas de su confianza». Además, la sala destaca que el comisario no estaba desarrollando ninguna función policial en aquel momento. Por tanto, los magistrados entienden que se debe condenar por un delito de revelación de secretos.

