Jugada táctica, procesal y jurídica de la acusación particular del caso Judes que impulsó la cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Solo cuatro días después de que el abogado general del TJUE del caso Daniel Spielman respaldara en sus conclusiones la ley, ya hay una nueva respuesta de las acusaciones particulares del caso Judes. El abogado de la Asociación de Víctimas de Organizaciones Terroristas (ACVOT) y de los Guardias Civiles, José María Fuster Fabra, ha registrado un escrito, de tres páginas y al que ha tenido acceso El Món, en el que solicita aclarar las conclusiones de Spielman y repetir la vista oral de las cuestiones prejudiciales celebrada el pasado 15 de julio.
En concreto, el veterano letrado reclama aplicar el artículo 83 y 101 del Reglamento del Tribunal, entendiendo que el abogado general fue más allá de valorar si la ley de amnistía chocaba con el derecho europeo y porque ha introducido un argumento que la Audiencia Nacional no planteó a la magistratura europea. En concreto, que según el Abogado General la ley de amnistía «no es una autoamnistía». Un razonamiento que expone en respuesta a las «consideraciones de la Comisión Europea» alegadas por el abogado Carlos Urraca asegurando que la ley era «la contraprestación por los votos necesarios para que el actual presidente de España lograra su investidura». Un planteamiento que el escrito registrado califica de «anómalo».

Derecho de la Unión, no español
Los argumentos expresados se basan en el principio de que el TJUE debe valorar el derecho europeo y no el español y debe limitarse a responder las cuestiones que plantea la Audiencia Nacional. «La función del TJUE consiste en interpretar el derecho de la Unión, pero lo que propone el abogado general es que el TJUE interprete la ley española y establezca su sentido y finalidad», argumenta el escrito.
Además, recrimina que plantee «el objetivo o finalidad real de la norma». Una cuestión que solo puede resolver, entiende, la Audiencia Nacional. En esta línea, destaca que si la Audiencia Nacional concluye que la ley de amnistía es un «pago por un beneficio personal, al TJUE le corresponde aclarar si eso es posible y si es conforme a la Carta de Derechos de la Unión Europea».
Debe debatirse
En el mismo marco, el escrito remarca que la autoamnistía «se ha suscitado en la vista, sin posibilidad de un debate pleno por parte e interesados». «Este debate se hace más necesario cuando se tiene en cuenta que lo planteado concretamente por la Comisión en la vista (que la venta de una ley por votos en una investidura no es parte del interés general) es precisamente lo que se elude en las consideraciones del informe del abogado general», sostiene.
Asimismo, recuerda que la autoamnistía no se planteó en el auto de planteamiento de la cuestión prejudicial. Un hecho que considera clave con el entendido de que la Audiencia Nacional debería aclarar si también cree que es una autoamnistía y así determinar si la tesis esgrimida por el abogado general es «puramente hipotética» y el Tribunal, por tanto, no debería pronunciarse. De esta manera, concluye que es necesario que la Audiencia Nacional defina si considera que se intercambiaron votos de investidura por una ley y, en segundo término, que «se reabra la vista oral para que la cuestión pueda ser debatida».

