La Fiscalía Superior de Cataluña no quiere oír hablar de indultar a Laura Borràs, ni parcialmente ni, mucho menos, totalmente. El ministerio público ha registrado un escrito ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) con el cual rechaza que le sea concedido el indulto total a la expresidenta del Parlamento, condenada por prevaricación, como había solicitado recientemente un particular. Pero la fiscal también se muestra contraria al parcial, recomendado por el mismo tribunal sentenciador, el TSJC. El ministerio público se opone a la petición de Margarita Aritzeta, que solicitaba eximir a Borràs de toda la pena en lugar de limitar el indulto a la parte de la condena que suponía su entrada en prisión, como pedía la sentencia. Y en el mismo escrito la fiscalía reitera, como ya avanzó en el recurso al Supremo, que ni siquiera está de acuerdo con el indulto parcial porque en ningún caso considera que la pena sea desproporcionada.

En el escrito de la fiscalía, de 26 páginas y al que ha tenido acceso El Món, la fiscal Assumpta Pujol, razona que la conducta de Borràs «es claramente merecedora de la imposición de las penas legalmente previstas». Unas penas que, por otro lado, la fiscalía considera que «aún no han cumplido su finalidad preventiva general, ni especial». De hecho, recuerda declaraciones en la prensa donde Borràs calificaba la sentencia «de execrable y aberrante». «Borràs no ha sido ni reeducada ni rehabilitada socialmente», alerta la fiscalía. Por eso, la fiscalía concluye que no se puede aplicar la liberación total de la pena porque se pondría en riesgo la «credibilidad del sistema judicial». «No se da ninguna razón fundamentada en derecho que justifique la aplicación de la medida de gracia», sentencia la fiscalía.

Laura Borràs, presidenta suspendida del Parlamento, en el acto de apoyo frente a la sede de la cámara catalana poco después de hacerse pública la sentencia de su caso / Europa Press
Laura Borràs, presidenta suspendida del Parlamento, en el acto de apoyo frente a la sede de la cámara catalana poco después de hacerse pública la sentencia de su caso / Europa Press

Sin vulneración de derechos fundamentales

El ministerio fiscal que resalta las críticas de Borràs a la sentencia, niega que se hayan vulnerado derechos fundamentales de la condenada. Para ello, recoge las ideas expresadas en la sentencia de la sala penal del Tribunal Supremo que reafirmó la condena de 4 años y medio de prisión -con un indulto parcial para llegar a dos años y esquivar el encarcelamiento- y 13 años de pena de inhabilitación, 9 por el delito de prevaricación y 4 por el de falsedad. En este sentido, la fiscal afirma que aplicar el indulto total sería una medida «absolutamente injustificada y arbitraria» porque tampoco se ha vulnerado ningún derecho fundamental en su proceso judicial. Pero también reprocha la petición de indulto parcial del tribunal porque la pena no es desproporcionada.

Por otra parte, recuerda que indultar totalmente la pena de inhabilitación sería desnaturalizar la condena, que prevé una inhabilitación para cargos electos o institucionales. En este caso, el ministerio público enfatiza que Borràs continúa siendo profesora titular en la Universidad de Barcelona porque esta inhabilitación no afecta su condición de docente. En este contexto, la fiscal recuerda que la exlíder de Junts fue condenada por un «abuso de poder con el fin de favorecer el lucro de un amigo en perjuicio de terceros que podrían haber concursado si no se hubiese actuado al margen de la ley». Así, resalta en su escrito que el caso Borràs es un caso de «corrupción administrativa» y la pena es proporcionada, dos razones por las cuales fundamenta su informe desfavorable al indulto parcial y total.

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