Tan claro y directo como contundente. Así se puede describir el escrito presentado por la defensa de Laura Borràs, dirigida por Gonzalo Boye, contra el informe del ministerio fiscal que se oponía a la concesión del indulto solicitada por el mismo tribunal sentenciador, la sala civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). Una medida para evitar su entrada en prisión por una pena que los magistrados consideraban desproporcionada. En un escrito de cuatro páginas, al que ha tenido acceso El Món, carga contra la pretensión «moral» de los argumentos del ministerio público aportados para fundamentar su oposición al indulto. Una oposición que califica de «enmienda oportunista» a su inactividad anterior».

En concreto, la defensa de la expresidenta del Parlamento, expone en ocho motivos la réplica al informe desfavorable del fiscal que no consideraba la condena desproporcionada y que entendía que Borràs no había sido «reeducada ni rehabilitada socialmente». Así, asegura que la fiscalía se ha inventado un nuevo tipo penal denominado como «prevaricación administrativa». Un tipo penal inexistente en el Código Penal que es «una categoría fantasmal no reconocida por el legislador, que solo sirve para dramatizar el relato más acusatorio de reforzar el relato acusatorio«.

Gonzalo Boye, en una compareixença al Senat/Pool Senat
Gonzalo Boye, en una comparecencia en el Senado/Pool Senado

«Nueva categoría procesal»

De entrada, el escrito esgrime como primer motivo la «paradoja» de que la fiscalía «después de no formular ningún recurso contra la sentencia del TSJC pretenda ahora —y solo ahora— enmendarla por vía indirecta». Así le reprocha que «si, como sostiene con vehemencia ex post, no compartía el planteamiento judicial sobre la aplicación del artículo 4.3 del Código Penal en relación con el indulto parcial, debería haber articulado el recurso de casación correspondiente», recuerda. Por tanto, concluye que optó por el silencio procesal, «que en Derecho no otorga, pero sí que compromete».

En el escrito, la defensa de Borràs acusa al ministerio público, «de haber descubierto una nueva categoría procesal: la impugnación retrospectiva sin recurso formal». Es decir, aprovechar un sencillo escrito de posicionamiento para enmendar una sentencia y exigir unos requisitos que el Código Penal prevé «en ningún momento» para el indulto como ahora el arrepentimiento o la “reeducación”. «Introducir estos requisitos por vía interpretativa es tanto como legislar desde un despacho fiscal», ironiza el escrito. «Un intento de reinterpretación moralizante que no encuentra anclaje ni en la letra ni en el espíritu de la norma», advierte.

En este contexto, el escrito también señala que el posicionamiento de la fiscalía «no tiene ningún soporte legal» y constituye un ejemplo prototípico del uso desviado del proceso, es decir, del abuso de derecho, que conlleva un fraude de ley o procesal. «Pretender sustituir el recurso que se omitió por una alegación extemporánea en sede gubernativa no es ingenio jurídico, es fraude procesal vestido de oratoria institucional», enfatiza. «La Fiscalía sustituye la técnica jurídica por una narrativa sentimental donde la reeducación, el arrepentimiento y la ejemplaridad ocupan el lugar que debería corresponder a los principios de legalidad, tipicidad y estricta aplicación de la ley», remata el escrito.

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