El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dado un nuevo toque a España por «abusar» de los interinos en las administraciones españolas. Según el tribunal europeo, las administraciones españolas abusan de los interinos y la temporalidad del sector público, ya que ni la figura de los indefinidos fijos, ni las indemnizaciones, ni el sistema de responsabilidad de la Administración, ni la convocatoria de oposiciones permite sancionar ni prevenir estos abusos contra los funcionarios.
El TJUE señala que la conversión de los interinos en indefinidos no fijos, tal como interpretan los tribunales españoles, es incompatible con la legislación europea y aporta «precisiones» para orientar la justicia española a poner fin a estos abusos y recuerda que es tarea del Tribunal Supremo español determinar si las medidas de la administración sancionan correctamente estos abusos hacia los trabajadores. De hecho, Luxemburgo señala que la figura de los indefinidos no fijos no acaba con la «precariedad» de los trabajadores y hace que desde la justicia española no se pueda sancionar “adecuadamente” el abuso laboral “ni eliminar las consecuencias” de la vulneración de derechos laborales que garantiza la normativa europea.
Tal como recoge la ACN, desde el tribunal europeo señalan que las indemnizaciones que los trabajadores interinos reciben no pueden “eliminar las consecuencias” del abuso laboral y destaca que el régimen de responsabilidad de las administraciones públicas es “ambiguo, abstracto e imprevisible” y no tiene medidas efectivas ni disuasorias para eliminar el daño que provocan los abusos y los daños que causan.

Un largo recorrido judicial
La nueva sentencia del TJUE es la cuarta que se produce sobre la situación de los interinos en las administraciones públicas españolas. Por su parte, el Tribunal Supremo español mantiene el pulso y pide que el tribunal europeo sea más específico y pregunta si “negar el reconocimiento de la condición de trabajadores fijos en el sector público a los trabajadores indefinidos no fijos” supone la vulneración del derecho europeo y solicita que el TJUE aclare si “el reconocimiento de una indemnización disuasoria” puede ser “una medida adecuada” para prevenir estos tipos de abusos laborales relacionados con la temporalidad.
