MónEconomia
Alerta por los cárteles de empresas contratistas de obra pública en el estado español

Cártel. Según el diccionario del Instituto de Estudios Catalanes (IEC) es «un acuerdo limitado entre varias empresas, las cuales, aun conservando su independencia técnica, económica y financiera, deciden pactar con el fin de evitar o disminuir la competencia mutua». Una figura que pone en riesgo uno de los principios básicos de los concursos y las licitaciones públicas, la libre concurrencia. Técnicamente, es una «práctica colusoria de la contratación pública« y una perversión que corrompe la gestión de la administración». Precisamente, esta «práctica anticompetitiva» fue la más frecuente en las licitaciones de 2025.

Así lo afirma un denso estudio, el Informe Anual de Supervisión 2026 de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación Pública (OIReScon), el organismo independiente y colegiado que tiene como objetivo «velar por la correcta aplicación de la legislación, promover la concurrencia y combatir las ilegalidades en relación con la contratación pública» y que se incorpora a la estructura del Ministerio de Hacienda. Este estudio, que consta de cuatro módulos diferenciados, pone el acento en alertar de las deficiencias en las prácticas de contratación y, sobre todo, avisa que es necesario mejorar los sistemas para detectar el fraude, la corrupción y el conflicto de intereses.

Gráfico del informe sobre los cárteles de la contratación pública/QS
Gráfico del informe sobre los cárteles de la contratación pública/QS

La práctica anticompetitiva «más frecuente»

El informe subraya que la práctica anticompetitiva más frecuente en 2025 fueron los «acuerdos o pactos de no competencia», junto con los «acuerdos de manipulación de los importes de las ofertas». Aunque las denuncias por estas conductas, recogidas por las diversas agencias anticorrupción del Estado, descendieron ligeramente (de las 158 de 2024 a las 148 de 2025), sí se incrementa el número de expedientes sancionadores en fase de instrucción, que han pasado de 12 en 2024, a 18 en 2025, y los expedientes que finalizan con imposición de una sanción, que pasan de 3 en 2024, a 4 en 2025. Unos datos que, a criterio del estudio, «muestran la relevancia de la implementación de las conductas anticompetitivas mediante cárteles».

El tipo de contrato más afectado por las prácticas colusorias ha sido el contrato de obras, un dato que choca con la tendencia previa, cuando reflejaba un «claro predominio del contrato de servicios en los últimos ejercicios», salvo en 2022, cuando también fueron los de obras. También resalta del informe que los sectores más afectados por estas prácticas son los de «construcción de carreteras y autopistas» y el «transporte regular de pasajeros por carretera», que suman el 80% de las investigaciones. Las consultorías quedarían en tercer lugar.

Los autores del informe sostienen que es necesario «poner en marcha mecanismos de detección temprana de conductas anticompetitivas mediante el estudio del comportamiento de los licitadores y la identificación de patrones de riesgo colusorio, así como la necesidad de implantar medidas de prevención y detección de prácticas colusorias en las licitaciones de los sectores más afectados». Además de una formación de «larga duración y especializada de los funcionarios destinados a las unidades de contratación».

Nou comentari

Comparteix

Icona de pantalla completa