El juez instructor del Tribunal Supremo del caso Santos Cerdán, Leopoldo Puente, decidirá esta semana si deja en libertad provisional al exnúmero tres del PSOE. Todo ello tras más de 70 días en prisión y de haber dado cinco días de plazo al ministerio fiscal y a las otras acusaciones para que expresen su opinión sobre la petición de libertad presentada por la defensa. En cambio, el juez no ha querido apresurarse para valorar un escrito de petición de diligencias que podría dar un giro a una instrucción llena, según detallan con indicios los abogados, de agujeros negros, sobreinterpretaciones y una tesis acusatoria basada en «sospechas policiales» obtenidas a través de personajes y sistemas tan turbios que podrían desmantelar la investigación o, al menos, dejar un rastro de dudas más que razonables. La defensa de Cerdán esboza una estrategia inculpatoria por parte de los jueces instructores.

Uno de los puntos más extraños en el que indaga el equipo defensor de Cerdán, formado por los abogados Jacobo Teijelo y Benet Salellas, ha sido la manera en que arrancó la investigación. Un comienzo del cual han pedido información concreta para aclarar cómo se permitió investigar a un aforado y cuáles fueron los manejos utilizados a través de las acusaciones particulares, que pueden tener un papel clave en la continuidad de la instrucción, si el ministerio fiscal considera que ya no existen las razones para prorrogar la prisión provisional. De hecho, la fiscalía anticorrupción ha sido una parte importantísima del inicio de la instrucción, tanto es así, que ha sido su jefe Alejandro Luzón, quien ha llevado la voz cantante del ministerio público en el caso.

La opción de los abogados de centrar una de las líneas de defensa en la irregularidad del inicio de la investigación coincide con la respuesta del Congreso de los Diputados y del Ayuntamiento de El Milagro sobre el dinero que percibió de las dos instituciones por su condición de diputado y de concejal. La cámara baja española pagó a Cerdán, entre el 2019 y junio pasado, período en el que formó parte del poder legislativo, un total de 584.783 euros, entre los cuales, 40.928,80 euros solo en concepto de kilometraje. De hecho, es una cifra aproximada a la detectada por Hacienda, que fue de 543.656,84 euros. La diferencia radica en el hecho de que Hacienda no tendría los pagos del 2025 porque aún no se habrían declarado. El consistorio navarro de Milagro reconoció haber abonado 665 euros entre 2014 y 2015 en concepto de compensación por asistencia, último año de Cerdán como concejal.

Benet Salellas, en una imatge d'arxiu Jesús Hellín / Europa Press
Benet Salellas, en una imagen de archivo Jesús Hellín / Europa Press

Tres denuncias

En el escrito de petición de más diligencias presentado el 7 de septiembre, al cual ha tenido acceso El Món, los abogados sostienen que la investigación siguió un «patrón» que chirría con las normas garantistas del derecho procesal penal. En este marco, recuerdan que la investigación inicialmente comienza de «manera formal con una denuncia del Partido Popular de Madrid firmada por Alfonso Serrano Sanchez-Capuchino, senador del PP por designación autonómica, el 10 de marzo de 2022”. A raíz de esta denuncia se incoaron las diligencias de investigación de la Fiscalía Anticorrupción.

Unas diligencias que se prolongan hasta el 8 de septiembre de 2023. Ahora bien, según un decreto de la misma fiscalía del 22 de abril de 2022, esta denuncia habría sido precedida por, como mínimo, dos más. Se registraron ante el Tribunal Supremo, pero curiosamente fueron inadmitidas mediante los autos de fecha 18 de octubre de 2021 y uno de 3 de marzo de 2021 respectivamente, dictados ambos por la sección primera de la poderosa sala penal del Tribunal Supremo, que aún presidía Manuel Marchena.

Pero el mismo decreto de la fiscalía, de pasada, hace referencia a una tercera denuncia en la que la denunciada era la Comunidad de Madrid, presidida por Isabel Díaz Ayuso, y que generó las diligencias de investigación de la misma fiscalía de 22 de febrero de 2022. No podemos obviar que la fiscalía impulsó el procedimiento contra Alberto González Amador, la pareja de Díaz Ayuso, por delito fiscal, y que una vez aceptada la comisión del delito en un pacto con la fiscalía, ha terminado llevando al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, al banquillo de los acusados por revelación de secretos. Todo ello porque el juez del Tribunal Supremo Luis Ángel Hurtado ve suficientes indicios para considerar que filtró a la prensa el acuerdo de conformidad de la pena entre la fiscalía de Madrid y González Amador.

Part de la interlocutòria del Suprem que deixa clar els marges d'actuació on s'ha de centrar l'Audiència Nacional/QS
Parte del auto del Supremo que aclara los márgenes de actuación donde debe centrarse la Audiencia Nacional/QS

«Un patrón de denuncia reactiva»

Estas tres denuncias, sin embargo, no son, para la defensa, casuales ni en el tiempo ni en la forma. En esta línea, consideran que en este caso hay un «patrón de contradenuncia o denuncia reactiva». Así, alegan que no pasan ni quince días desde la incoación de las diligencias de investigación contra el Partido Popular de la Comunidad de Madrid y la querella de los populares, con la diferencia de que en el caso de las diligencias de investigación del Partido Popular contra el gobierno de Pedro Sánchez ya habían sido archivadas dos veces por el Tribunal Supremo.

Aun así, la fiscalía, el 6 de septiembre de 2023, presentó querella criminal por delitos de organización criminal, blanqueo de capitales, soborno y tráfico de influencias contra siete personas, donde los principales implicados eran Koldo Garcia y Víctor de Aldama. La fiscalía investigaba las adjudicaciones de contratos de material sanitario en relación con la pandemia de Covid-19. «Especialmente respecto de determinadas administraciones públicas, siempre vinculadas al Partido Socialista y obviando aquella denuncia inicial contra el Partido Popular de la Comunidad Autónoma de Madrid«, concretan las defensas que ven un sesgo clarísimo del ministerio fiscal en la incoación.

Una vez se registró el decreto de incoación de diligencias, el juez no se hizo esperar. El 8 de septiembre de 2023 abre las diligencias con un auto que recoge todo el relato de la fiscalía. El titular del Juzgado Central de Instrucción número dos de la Audiencia Nacional, Ismael Moreno, acuerda interceptar las comunicaciones, grabaciones, acceso a sistemas de geolocalización, acceso a dispositivos informáticos y programas Spyware. El 19 de febrero de 2024 la operación estalla con la detención de los investigados y los registros. No será hasta el 23 de octubre, es decir, ocho meses después, que con los informes de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil, no se pide al Tribunal Supremo que investigue, como aforado al exministro José Luis Ábalos. Sorprendentemente, fue entonces, el 5 de noviembre de 2024, cuando el Supremo reabrió la denuncia interpuesta contra el gobierno y Ábalos en 2020, que la alta magistratura había archivado el 3 de marzo de 2021.

Interlocutòria del 4 de febrer on el jutge fa aparèixer Santos Cerdán i ha fet sospitar les defenses de l'estratègia de la judicatura per implicar-lo/QS
Auto del 4 de febrero donde el juez hace aparecer a Santos Cerdán y ha hecho sospechar a las defensas de la estrategia de la judicatura para implicarlo/QS

El Supremo pone límites…

El Supremo, al aceptar la investigación de Ábalos, aprovecha y a través del auto advierte al magistrado Moreno que no investigue aforados y que continúe la instrucción de las personas no aforadas. Pero de poco sirvió la advertencia. El 21 de noviembre de 2024, el investigado Víctor de Aldama hace una declaración en el marco de las Diligencias Previas 65/2023, seguidas ante el Juzgado Central de Instrucción 2 de la Audiencia Nacional, donde implica al ministro Ábalos y otros miembros del PSOE para conseguir su libertad en las diligencias previas del caso Hidrocarburos.

La declaración de Aldama se envía al Supremo y continúa la investigación. Aquí aparece, por primera vez oficialmente, Santos Cerdán, sin que, hasta ahora, la defensa del exnúmero tres del PSOE haya podido acceder a ningún documento donde se acredite que se pidió al Supremo investigarlo por su condición de aforado. Al contrario, solo constan escritos del PP, de la UCO y de Manos Limpias pidiendo ampliar el objeto de la investigación, lo que el 4 de febrero de 2025 es aceptado por el juez, que abre así la puerta a una «perquisición general», según la defensa, que incluye a Santos Cerdán.

Esta extralimitación «no es una simple conjetura de las defensas», aseguran los mismos letrados, que consideran que se encuentran ante lo que se conoce como «un litigio estratégico contra la participación pública». Es decir, el ataque de un poder del Estado a otro sin seguir el camino reglamentario. Un hecho que supone, a criterio de las defensas, un vicio original de la instrucción que dejaría el caso fuera del marco legal. Así, concluyen que el 4 de febrero de 2025 se cambia radicalmente el objeto de la investigación. En definitiva, lo que se había bautizado como “fraude de máscaras” pasa a ser una «investigación general extendida a un número aún indeterminado de personas y sin definir hechos o delitos concretos, al menos en lo que respecta a Cerdán». Esta brecha es el primer aviso de lo que puede ser el camino hacia la justicia europea por una flagrante vulneración de los derechos fundamentales.

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