Lo Tribunal Europeo de los Derechos Humanos (TEDH) ha aceptado estudiar la demanda del expresidente de la Generalitat Artur Mas contra la sentencia por la consulta del 9-N que lo condenó a un año y un mes de inhabilitación y una multa de 36.000 euros por un delito grave de desobediencia. El pasado 13 de enero, el Tribunal de Estrasburgo notificó a la defensa de Mas que admitía la demanda presentada el 14 de abril de 2022. La noticia, pero, pasó desapercibida hasta que, este miércoles, el exvicepresidente del Parlament y abogado, Josep Costa, ha compartido la resolución del TEDH en su perfil de Twitter.
En la resolución, a la cual ha tenido acceso Europa Press, el TEDH insta el gobierno español a responder si la condena al expresidente catalán cumplió el requisito de claridad y previsibilidad que requiere el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH). En este sentido, también pide que especifiquen si los actos de Mas suponen una infracción penal.
El Tribunal Superior de Justícia de Cataluña (TSJC) condenó Artur Mas por desobediencia por impulsar la celebración de la consulta soberanista del 9 de noviembre de 2014, a pesar de que el Tribunal Constitucional (TC) había suspendido la votación. La demanda del expresidente de la Generalitat alegaba que la orden del Constitucional «no fue bastante precisa, concreta y categórica sobre la prohibición de realizar la consulta». La sentencia de esta causa condenaba Mas a 13 meses de inhabilitación y le imponía una multa de 36.500 euros. El TC también condenó las ex consejeras Joana Ortega e Irene Rigau por el 9-N.
El octubre de 2021, después de que el TC rechazara por unanimidad el recurso de Mas contra su inhabilitación, el mismo expresidente catalán anunció su intención de llevar el caso al Tribunal Europeo de los Derechos Humanos.