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Los jubilados podrán trabajar como autónomos y seguir cobrando parte de la pensión

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto que reforma el régimen jurídico de la jubilación flexible para facilitar a los jubilados continuar activos laboralmente sin perder completamente la pensión. Como novedad, a esta modalidad de jubilación también podrán acceder los autónomos, que antes tenían vetado el acceso, ya que solo se les permitía a los asalariados. La norma, que entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se enmarca en la reforma de pensiones acordada por Gobierno, sindicatos y empresarios y aprobada en 2024.

Esta reforma contemplaba diferentes incentivos para mejorar la transición del empleo a la jubilación y favorecer la compatibilidad del trabajo con la pensión, la demora voluntaria o el retorno a la actividad laboral. La jubilación flexible ofrece la posibilidad voluntaria a los jubilados de reincorporarse a la actividad, y compatibilizar el cobro de la pensión con un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial o, como novedad, con la realización de una actividad por cuenta propia. «Nuestro objetivo es que los trabajadores tengan más y mejores opciones a la hora de jubilarse o compatibilizar empleo y pensión y ahora planteamos una modalidad de jubilación flexible mejorada», ha destacado la portavoz del Gobierno y ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz.

Esta modalidad de jubilación podrá ser solicitada por las personas que ya hayan accedido a una pensión contributiva de jubilación y quieran volver a desarrollar una actividad laboral compatible con el cobro parcial de la pensión. Una de las principales novedades de la reforma es que la jubilación flexible ya no se limita únicamente al trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial. También pueden acogerse quienes quieran desarrollar una actividad por cuenta propia, siempre que no hayan estado dados de alta como autónomos en los tres años anteriores a la fecha de jubilación. Además, no será necesario esperar un período mínimo desde la jubilación para solicitar la jubilación flexible. Se podrá acceder en cualquier momento, una vez reconocida la pensión.

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, en una rueda de prensa / Moncloa

Se mejoran los incentivos económicos para incentivar el regreso al mercado laboral

En el caso de los pensionistas que compatibilicen con una actividad por cuenta ajena a tiempo parcial, el rango para realizar esta jornada sube del 33% al 80%. Antes de esta mejora, el jubilado podía hacer una jornada de entre el 25% y el 75%. La cuantía de la pensión, en relación a la de un trabajador a tiempo completo, se reducirá en proporción inversa a la disminución de la jornada laboral. Con el objetivo de incentivar el regreso al mercado laboral, cuando se acceda a la jubilación flexible pasados al menos seis meses desde la jubilación, el pensionista percibirá un porcentaje adicional de pensión. Así, las jornadas a tiempo parcial que se encuentren entre el 55% y el 80% incrementarán el importe de la pensión un 25% adicional; mientras que las que sean iguales o superiores al 33%, pero inferiores al 55%, subirán un 15% adicional. En el caso del trabajo autónomo, el pensionista podrá percibir hasta el 25% de la pensión mientras desarrolla la actividad compatible.

Durante el período de jubilación flexible, el trabajador continuará teniendo la condición de pensionista a efectos de asistencia sanitaria y protección social. Además, el pensionista que haya accedido de forma involuntaria a una jubilación anticipada, cuando regrese a la jubilación plena desde la jubilación flexible, verá mejorada la pensión inicial al recalcularse la base reguladora y el porcentaje aplicable, según el período de cotización acreditado. La nueva regulación, que mejora las condiciones para las jubilaciones demoradas, se aplica a todos los regímenes de Seguridad Social, salvo los regímenes especiales de los funcionarios civiles del Estado, de las Fuerzas Armadas y del personal al servicio de la Administración de Justicia.

La reforma de las pensiones: un camino iniciado en 2021

Con estas mejoras, se completan las reformas iniciadas en 2021 y, en concreto, se desarrolla el acuerdo social tripartito de 2024, que busca flexibilizar el tránsito del empleo a la jubilación y acercar la edad efectiva a la edad legal de jubilación. «Los incentivos para la jubilación demorada y las mejoras en la jubilación activa están dando importantes resultados. Hemos facilitado diferentes opciones a los pensionistas para que, siempre desde la voluntariedad, elijan la modalidad que más se adecúe a su situación», ha indicado Saiz. La ministra ha subrayado que los trabajadores que deciden demorar la jubilación más allá de la edad ordinaria han aumentado considerablemente.

De hecho, han pasado de suponer el 4,8% en 2021 al 10,9% en 2025 y en el transcurso de 2026 ya superan el 12% de las altas y suman 15.600 jubilaciones de este tipo, más que en 2021. Además, las jubilaciones anticipadas han pasado de superar el 43% en 2018 a alrededor del 30% actualmente. El Ministerio apunta que no solo anticipan la retirada menos personas, sino que, además, se anticipa en menos meses. En 2021, el 46% de las jubilaciones anticipadas se daban a la mínima edad permitida (24 meses antes de la edad ordinaria) y el 73% anticipaban la jubilación más de un año. En 2025, solo el 14,5% de las jubilaciones anticipadas se dan a la menor edad permitida. Además, la proporción de los que anticipan más de un año ha caído al 60%. Las nuevas jubilaciones activas, que favorecen continuar trabajando por cuenta ajena o por cuenta propia después de demorar la jubilación, desde su entrada en vigor en abril de 2025 hasta diciembre del mismo año, han aumentado también y ahora hay 5.602 pensionistas más que el mismo mes de 2024, con 70.467.

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