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La CNMC prohíbe a una empresa participar en contratos públicos por primera vez

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha prohibido por primera vez a una empresa participar en licitaciones o contratos del sector público por violar la Ley de Defensa de la Competencia. La compañía en cuestión es Eólica del Alfoz, a quien la CNMC ha multado con 958.593 euros por “abusar de su posición de dominio”.

Según explica la CNMC en un comunicado, Eólica de Alfoz favoreció una instalación renovable de su propio grupo frente a la de un competidor para que accediera a un punto de acceso de la red de transporte eléctrico, lo cual supone una infracción de la Ley de Defensa de la Competencia.

La investigación se remonta a una resolución de la Sala de Supervisión Reguladora de la CNMC que trataba el conflicto de acceso, donde se determinó la actuación improcedente de Eólica de Alfoz como Interlocutor Único de Nudo, es decir la empresa promotora de las instalaciones renovables que acceden a la red de transporte de energía eléctrica a través de puntos de acceso llamados “nudos”. En concreto, la actuación improcedente se dio en el nudo de Vilimar 220 KV de la red.

La presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, Cani Fernández / EP
La presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, Cani Fernández / EP

La responsabilidad de los interlocutores de las instalaciones

El “comportamiento abusivo” de la compañía se dio al requerir a sus competidores «subsanaciones indebidas» de la solicitud de acceso en cuatro ocasiones. Este competidor quedó finalmente excluido de la red por agotamiento de la capacidad del nudo, generando el conflicto de acceso.

Desde la CNMC se considera que, debido a “la especial responsabilidad” derivada de la posición de interlocutor, estos deben ser objetivos, además de “respetar los principios de transparencia, buena fe y no discriminación” para garantizar el derecho de acceso equitativo a las operadoras.

La prohibición para la compañía Eólica de Alfoz de participar en contratos públicos se extiende a todo el territorio del estado español, y afecta todas las relaciones con el sector público respecto a contratos de obras, suministros y servicios relativos a la consultoría, la construcción, la operación, la explotación y el mantenimiento de parques eólicos y sus equipamientos durante seis meses, según ha informado la CNMC.

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