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Citados como investigados los gerentes de Gotham y General Industrial por mentir sobre Grifols

Continúa la causa sobre las auditorías que hicieron perder valor bursátil a la sociedad catalana Grifols. El titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional, José Luis Calama, ha emitido una resolución con la cual cita a los gerentes de Gotham City Research LLC, Daniuel Yu, y de General Industrial Partners LLC, Cyrus de Weck. Una citación clave e importante que puede ser una de las claves de bóveda del caso. En concreto, es para declarar como investigados en la causa abierta por un delito relativo al mercado «por trasladar supuestamente al mercado información engañosa sobre la empresa Grifols con el objetivo de bajar las acciones de la farmacéutica».

La providencia cita a YU para el 26 de febrero del próximo año, a las 9 horas, y le avisa de la posibilidad de continuar al día siguiente la declaración en caso de ser necesario. En el caso de De Weck, fija el interrogatorio para el 5 de marzo, también con la opción de continuar al día siguiente. Además, la resolución también acuerda dirigir un oficio a la Secretaría de Gobierno de la Audiencia Nacional para que designe un traductor especializado en el ámbito económico-financiero dada la “alta complejidad” de la materia sobre la cual versarán las dos declaraciones. La decisión del juez no es firme y cualquiera de las partes podría interponer un recurso de reforma contra la decisión de citarlos como imputados.

Imagen de archivo de la sede de Grifols / ACN

Ir al grano

El caso se abrió el pasado 19 de noviembre cuando el juez admitió a trámite una denuncia de la Fiscalía Anticorrupción para investigar Gotham City, General Industrial Partners LLP (GIP) y varios de sus directivos por «supuestamente emitir al mercado financiero información sesgada y engañosa sobre la credibilidad de Grifols». El objetivo de esta información es, según las primeras pesquisas, «inducir a sus inversores a vender las acciones». Es necesario tener presente que Grifols formaba parte del Íbex 35 y la caída de sus acciones habría permitido grandes beneficios a las dos empresas investigadas.

La tesis del magistrado, apuntada por la fiscalía y con el apoyo de la documental aportada, es que las empresas podrían haber cometido un delito tipificado en el artículo 284.1.2 del Código Penal, que sanciona “quien de manera directa o indirecta o a través de un medio de comunicación, por medio de internet o mediante el uso de tecnologías de la comunicación o información o por cualquier otro medio difundan noticias o rumores o transmitan señales falsas o engañosas sobre personas o empresas ofreciendo datos económicos total o parcialmente falsos con el fin de alterar o preservar el precio de cotización de un instrumento financiero”.

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