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La justicia europea presiona al Estado para poner fin al abuso de los interinos

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha presionado al Estado para que solucione la problemática con los miles de interinos de larga duración. En una sentencia hecha pública este jueves, el alta cámara europea insta el gobierno español a convertir miles de trabajadores interinos públicos de larga duración en fijos para «prevenir y sancionar» los «abusos» derivados de la «utilización sucesiva de contratos temporales».

Con este posicionamiento, el tribunal señala que la convocatoria de procesos de estabilización que prevé la normativa española es contraria a la normativa europea que regula los trabajadores públicos cuando sea «independiente de cualquier consideración relativa al carácter abusivo» de la utilización de contratos temporales por parte de algunos de los opositores. Hay que recordar que el caso ha llegado a estas altas instancias después de los litigios de tres trabajadores de Madrid (de la cancellería de Presidencia, Justicia e interior de la comunidad, de la UNED y de la Agencia Madrileña de Atención Social) que han encadenado contratos desde el 1994 y el 1998.

En su sentencia, el TJUE también ve contrario al derecho de la Unión Europea pagar una indemnización de 20 días por año trabajado, con un límite de un año, a cualquier trabajador que haya sufrido una «utilización abusiva de contratos indefinidos no fijos prorrogados sucesivamente», cuando se haga sin tener en cuenta el carácter «abusivo» de estos. Del mismo modo, el tribunal indica que el hecho que el Estado no garantice que se convocan los procesos de selección de las plazas definitivas no permite evitar el abuso, ni supone una medida «efectiva y disuasiva» para garantizar que se cumple con la normativa europea.

La trampa de la normativa nacional

Según argumentan los jueces del TJUE, una normativa nacional que prevé la convocatoria de procesos selectivos por «cubrir de manera definitiva las plazas ocupadas provisionalmente por trabajadores temporales», así como los plazos concretos para hacerlo, pero que «no garantiza que estos procesos se convoquen efectivamente», no parece que pueda evitar la utilización «abusiva», por parte del empleador, de sucesivas relaciones laborales de duración determinada.

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