Este mismo martes empieza la campaña de la renta 2022-23 y como cada año lleva varias novedades y fechas clave que hay que tener en cuenta para pasar cuentas con la Hacienda española. En cuanto a las fechas, este martes día 11 de abril empieza la declaración de la renta por internet. Y no será hasta el día 5 de mayo que no se podrá hacer la declaración por teléfono. Ahora bien, si se quiere pedir cita, se podrá hacer a partir del día 3 de mayo. Por último, la declaración también se podrá hacer de forma presencial a las oficinas a partir del 1 de junio. En Los tres casos se podrá hacer la declaración hasta el día 30 de junio.
Además de estas fechas, también hay que tener en cuenta que el día 27 de junio será el último día para presentar la renta para todos los contribuyentes que quieran ingresar con domiciliación bancaria. Además, el día 29 de junio -un día antes de que acabe el plazo- será el último día para pedir cita para presentar la renta por cualquier de los canales disponibles, sea por internet o por los teléfonos 91 535 73 26, 901 12 12 24, 91 553 00 71 y 901 22 33 44.
Principales novedades por este 2023
De cara a este 2023 se tendrán que tener en cuenta varios cambios respecto al año pasado, como por ejemplo el cambio en las deducciones a planes de pensiones -tanto individuales como de empresa-, o el cambio en las deducciones del IRPF o el impuesto para las fortunas de más de 3 millones de euros del gobierno español, aunque en Cataluña no tendría que afectar porque el Govern cambió la imposición del impuesto de patrimonio.
La principal novedad de este año serán los cambios en las aportaciones en los planes de pensiones. En el caso de las aportaciones de los planes individuales con derecho a deducción al IRPF, este año la aportación baja hasta los 1.500 euros. Por el contrario, las aportaciones máximas en los planes de pensiones de empresa aumentan hasta los 8.500. En caso de que alguien tenga un plan de cada, podrá deducirse hasta 10.000 anuales en el IRPF. Además, este año también entra en vigor una nueva deducción, en este caso por maternidad. Las madres podrán deducirse hasta 1.200 siempre que tengan hijos menores de 3 años. En este caso, además, no será necesario que estén ocupadas o reciban algún tipo de prestación.
Nuevo umbral de obligatoriedad
Otra de las novedades por estos 2023 es el nuevo umbral de obligatoriedad para presentar la declaración de la renta por aquellos contribuyentes que hayan tenido dos o más pagadores durante el 2022. En este caso, el límite para presentar la renta aumenta en 1.000 euros, hasta los 15.000 anuales. Hay que recordar que en este caso los trabajadores que hayan estado en situación de ERTE también tendrán que tener en cuenta este límite. Por contribuyentes con un solo pagador, la mayoría de los trabajadores, estarán obligados a presentar la lava siempre que hayan cobrado más de 22.000 euros.
En cuanto a los trabajadores autónomos estarán obligados a presentar la declaración siempre que hayan tenido, durante el 2022, unos rendimientos del trabajo superiores, de capital mobiliario o inmobiliario, o de sus actividades económicas superiores a los 1.000 euros. Por el contrario, también lo tendrán que presentar la renta siempre que hayan registrado unas pérdidas superiores a los 500 euros.