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Cuenta atrás para la declaración de la renta 2024: fechas y novedades

Empieza la cuenta atrás para el comienzo de la campaña de la renta. El miércoles 3 de abril se abre el trámite en línea para hacer la declaración, mientras que el servicio telefónico no se pondrá en marcha hasta el 7 de mayo. Para pedir hora para una cita presencial, habrá que esperar hasta el 29 de mayo, pero no será hasta el 3 de junio que se podrá ir a la Agencia Tributaria. La campaña de este año llega con muchas novedades, como el aumento del mínimo de ingresos si tienes o dos o más pagadores hasta los 15.000 euros o la obligación de todos los autónomos de presentar la declaración, aunque no lleguen al mínimo exento.

Novedad 1: ingresos mínimos

En el supuesto de que el trabajador solo tenga un pagador, el mínimo para presentar la declaración de la renta se mantiene en 22.000 euros. Si tienes dos o más pagadores, el mínimo se sube de 14.000 a 15.000 euros brutos anuales “siempre que las percepciones del segundo y siguientes pagadores superen los 1.500 euros”, comenta a la ACN Benja Anglès, profesor agregado de Derecho y Ciencia Política de la UOC. Aunque no lleguen al mínimo de 22.000, las personas con ganancias de patrimonio de más de 1.600 euros —por la venta de acciones o inversiones en un fondo— también lo tendrán que hacer. Las pérdidas de más de 500 euros en estas operaciones también obligan a presentarla, igual que si eres perceptor del Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Novedad 2: autónomos

Todos los autónomos que hayan sido de alta en algún momento del 2023 tendrán que presentar la declaración de la renta. Hasta ahora solo era necesario si se obtenían beneficios de más de 1.000 euros. «Hay que conocer el rendimiento de todos los autónomos para ver qué base les corresponde de cotización. De aquí viene esta novedad”, informa Carme Elena, poniente de la Comisión Fiscal del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Cataluña. El nuevo sistema tendrá en cuenta los ingresos reales. La reducción de los gastos de difícil justificación pasa del 5% al 7%, con un máximo de 2.000 euros.

Una sede de la Agencia Tributaria durante la campaña de la Renta del 2022 / EP
Una sede de la Agencia Tributaria durante la campaña de la Renta del 2022 / EP

Novedad 3: deducción por maternidad

El complemento de maternidad, que comporta una deducción de 100 en el mes (1.200 anuales), se podrá recibir tanto si la madre trabaja como si no. Además, también se podrán beneficiar de la deducción los hombres que tengan hijos adoptados, los padres y tutores en caso de muerte de la madre o si tienen custodia exclusiva del menor. En cambio, no se puede deducir si se recibe el complemento de ayuda a la infancia del ingreso mínimo vital. El importe de la deducción se puede ampliar hasta los 1.000 euros por gastos de las guarderías.

Novedad 4: eficiencia energética

El gobierno español ha prorrogado por un año más las deducciones en eficiencia energética, como la bonificación por obras que reduzcan el gasto de calefacción y refrigeración. La deducción al IRPF es del 20% si la reducción es de un mínimo del 7% con un tope de 5.000 euros. Si la rebaja del gasto es del 30%, la deducción podría llegar al 40% con un máximo de 7.500 euros. En el caso de una rehabilitación energética de edificios, la deducción es del 60% con un máximo de 5.000 euros anuales.

Novedad 5: vehículos eléctricos

La compra de un vehículo eléctrico tiene una bonificación del 15% sobre una base máxima de 20.000 euros. Los puntos de recarga también se pueden bonificar un 15% hasta un máximo de 4.000 euros.

Novedad 6: planes de pensiones y donativos

El límite de reducción de las aportaciones a planes de pensiones empresariales se eleva hasta los 8.500 euros. Los autónomos podrán aportar un plan específico de hasta 4.250 euros adicionales que se pueden añadir a los 1.500 euros que se pueden hacer como particulares. La deducción por inversión en empresas de nueva creación sube hasta el 50% y, en el caso de los donativos, se sube hasta el 80% en los primeros 250 euros y un 45% el resto.

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