Veu del Consumidor
Despedido inmediatamente tras intentar llevarse dos paquetes de fresas: qué hizo el trabajador de Lidl por 5,98 euros

El tribunal consideró que el despido era procedente, a pesar del bajo valor económico del daño.

El 9 de febrero de 2024, un trabajador de Lidl fue despedido tras un control rutinario que reveló una conducta inesperada: había intentado llevarse dos paquetes de fresas sin pagar, valorados en un total de 5,98 euros. Lo que podría parecer una infracción menor acabó siendo validado por la justicia como una falta grave que justifica el cese inmediato. La decisión judicial reabre el debate sobre los límites de la proporcionalidad y la confianza en el ámbito laboral.

Los hechos detectados

La empresa realizaba controles aleatorios debido a sospechas internas sobre pérdidas de productos. Durante uno de estos controles, el comportamiento esquivo del trabajador levantó sospechas. Al inspeccionar su mochila, no se encontraron productos, pero poco después, en una papelera del vestuario, se encontraron los envases vacíos de dos paquetes de fresas.

Lidl interpretó que el trabajador había intentado sustraerlos y que, al darse cuenta del control, los había tirado discretamente. Esta conducta se consideró un intento deliberado de ocultación y, por tanto, una violación grave del deber de honestidad.

La respuesta de la empresa y el despido

La empresa actuó de inmediato. En la carta de despido entregada ese mismo día, se exponía que el trabajador había incurrido en una falta muy grave de buena fe contractual, un pilar esencial en la relación entre empleador y empleado.

Aunque el perjuicio económico era mínimo, la empresa argumentó que lo fundamental era la pérdida de confianza, dado que el trabajador tenía acceso directo y habitual a la mercancía. Además, se consideró que había premeditación y ocultación, elementos suficientes para justificar el despido disciplinario sin derecho a indemnización.

El recurso judicial y la sentencia

El trabajador recurrió la decisión, solicitando que el despido se declarara improcedente. Alegó que no había intención de obtener beneficio y que el valor de los productos era tan bajo que merecía una sanción proporcional, no el despido.

No obstante, tanto el Juzgado Social núm. 48 de Madrid como posteriormente el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid dieron la razón a la empresa. Ambos tribunales coincidieron en que la conducta era incompatible con la buena fe contractual, independientemente del valor económico de los productos.

El TSJ fue claro: “La poca entidad del perjuicio no excluye la gravedad de la infracción cuando se rompe la confianza que debe regir la relación laboral”.

Claves legales: buena fe, proporcionalidad y doctrina jurisprudencial

Este caso se fundamenta en un principio esencial del derecho laboral: la buena fe contractual. Todo trabajador tiene la obligación de actuar con honestidad, y cualquier ruptura grave de este principio puede justificar una sanción máxima, como es el despido.

Aunque en muchos casos se aplica la doctrina de la gradualidad, que busca equilibrar la pena con la gravedad del hecho, los tribunales han señalado que algunas conductas atentan directamente contra la confianza, y no pueden considerarse faltas leves aunque el daño económico sea insignificante.

Hay precedentes similares en los que se ha validado el despido por consumo no autorizado o por ocultación de productos de poco valor, especialmente cuando hay intención y engaño.

Implicaciones para trabajadores y empresas

Este tipo de sentencias marcan una línea clara: el valor económico no lo es todo en una relación laboral. Lo que se protege es la integridad del vínculo de confianza. Para los trabajadores, el caso recuerda que una conducta aparentemente menor puede tener consecuencias graves. Para las empresas, refuerza la legitimidad de tomar medidas disciplinarias si pueden probar la intencionalidad y la ruptura de la buena fe.

También abre una reflexión social: ¿cómo deben tratarse estas situaciones cuando hay precariedad o necesidad detrás? ¿Dónde se encuentra el equilibrio entre la protección del patrimonio empresarial y la humanidad en la respuesta disciplinaria?

¿Un error imperdonable o una reacción excesiva?

El despido por 5,98 euros ha reabierto un viejo debate:
¿Debe prevalecer la confianza o la proporcionalidad?
El tribunal lo tuvo claro.
¿Y tú, qué piensas? ¿El trabajador merecía una segunda oportunidad o la decisión fue justa?
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