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Victòria de los pasajeros con equipaje de mano: «No es un servicio adicional»

Meter la ropa en una mochila, llevar dos chaquetas o incluso una almohada con espacio de almacenamiento secreto eran algunos de los recursos que se habían hecho virales en la hora de viajar con algunas compañías de bajo coste. La razón era bien sencilla, el equipaje de mano se había convertido en una pesadilla por los pasajeros y una opción poco ética de recaudar más dinero por parte de las aerolíneas. Unas prácticas por las cuales, el 31 de mayo de este 2024, Ryanair, Vueling, Volotea y Easyjet fueron multadas con 150 millones de euros por parte del ministerio de Consumo. Las organizaciones de consumidores del estado español han sido las encargadas durante años de denunciar el que ellos consideraban malas praxis y a finales del mes pasado, la administración pública se los dio la razón: «El equipaje de mano no es un servicio adicional; no se tendría que hacer pagar», exclama Rubén Sanchéz, secretario general de Facua, en una conversación con lo Mundo Economía. A pesar de que las aerolíneas todavía pueden presentar un recurso y, por lo tanto, la sentencia no es firme, las organizaciones celebran la victoria amparadas por el reglamento europeo, una ley que incluso los expertos avalan como punta de lanza para la eliminación de estos «abusos» -en palabras de los consumidores-.

El equipaje de mano no es la única mala praxis que han puesto sobre la mesa asociaciones de consumidores como Facua, pero sí que es una de las más comentadas por los pasajeros. En otras palabras, que Ryanair es muy estricto con las medidas de tu equipaje cuando tiene que ir a la cabina es de conocimiento general, igual que la infinidad de videos de personas teniendo que facturar su equipaje porque Vueling considera que no es apta por la cabina. Una situación que las asociaciones de consumidores han estado denunciando desde hace años y que, incluso, el 2014 llegó a Europa. «Lo Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentenció que el equipaje de mano, a diferencia del facturado, no puede ser objeto de un suplemento de precio, si cumple los requisitos de seguridad y responde a unas exigencias razonables de peso y dimensiones», explica Enric R. Bartlett, profesor de Derecho Público a Esade Law School (URL). Incluso antes, «el 1960, la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea obliga a transportar, de forma gratuita a cabina, el equipaje de mano, con los condicionantes mencionados de seguridad, peso y dimensiones», añade Bartlett.

La normativa, pero, dejaba entrever que las compañías podían poner los requisitos que quisieran y, por lo tanto, era decisión de las empresas escoger qué era equipaje de mano y que no. Aun así, la recomendación de la IATA (Asociación Internacional de Transporte Aéreo) -que llegó el 2015- propuso que no excedieran de 55 x 35 x 20 cm, ruedas, asas y bolsillos incluidos. Con todos los reglamentos en la mano, tal como asegura Sánchez, había bastante materia porque las denuncias se hicieran efectivas, pero hasta mayo del 2022 el ministerio de Consumo no tenía la potestad de sancionar y, por lo tanto, las denuncias que habían llegado desde las asociaciones y también del gobierno de las Baleares «la cuantía era muy reducida». Ahora bien, la situación actual ha sido tildada de éxito, puesto que con la personación del mismo ministerio, Ryanair, Vueling, Easyjet y Volotea han sido multadas con 150 millones de euros por el cobro del equipaje de mano.

Un avión de Iberia / EP
Avión de Iberia A350 IBERIA (Foto de ARCHIVO) 04/8/2020

Una oportunidad para recorrer

Aun así, todavía hay alguna oportunidad porque las cuatro aerolíneas se salgan con la suya. Según explicó el gobierno español, la dirección general de Consumo instruyó la investigación y va enviar las propuestas de sanción y las razones a las compañías afectadas. Las cuatro aerolíneas tuvieron el derecho a hacer sus alegaciones ante la secretaría general de Consumo y Juego. Este organismo estudió las alegaciones y las propuestas de resolución de la dirección general de Consumo y comunicó la resolución final a las aerolíneas hace unas semanas. Ahora, pero, las aerolíneas tienen derecho a presentar un recurso de alzada ante el ministerio de Consumo y una vez agotada la vía administrativa pueden recurrir a los tribunales. «Las aerolíneas argumentan que su modelo de negocio mujer más opciones a los pasajeros: viajar con o sin equipaje en el compartimento de cabina encima los asientos. En función de la opción que tomen pagan un precio diferente, lo cual, sostienen, es congruente con el principio de libertad de fijación de precios establecido a la normativa europea», describe el profesor de Derecho Público a Esade Law School (URL). Una situación que Facua critica, puesto que su secretario general remarca que buscan hacer más beneficios cobrando una cosa como servicio adicional cuando no lo es: «Es cómo si ahora te dijeran que tienes que pagar cinco euros para utilizar el lavabo del avión«.

Más recursos para sancionar

El sector de la aviación es uno de los más problemáticos, sobre todo de cara a la vulneración de derechos de los consumidores por parte de algunas aerolíneas. Ahora bien, Sánchez explica que el ministerio de Consumo tiene mucho trabajo, puesto que «a todos los sectores hay irregularidades de este ámbito». El secretario general de Facua, explica que habría que tener en cuenta el aumento de los inspectores en los presupuestos generales del Estado, porque «en el ministerio de Consumo se tendría que invertir siguiendo lo mismo patrón que el ministerio de Hacienda«. En este sentido, para Facua se tendría que ver este poder sancionador como una oportunidad no solo para mejorar la experiencia del consumidor, sino para obtener beneficios de las malas praxis de las compañías. «Invertir en inspectores va en beneficio de los consumidores, pero también de las reservas del Estado», remarca Sánchez.

La normativa española, un ejemplo por Europa

Esta denuncia marca un precedente a todas las otras prácticas problemáticas que comentan estas aerolíneas. Según Facua, todavía hay mucho más a hacer, como por ejemplo, eliminar el pago para sentar junto a un menor o una persona con necesidades especiales o el cobro para imprimir una tarjeta de embarque. «Aun así, el estado español tiene una de las mejores normativas en protección de consumidores», explica Sánchez, quienes repite que «un modelo único europeo podría evitar más problemas«, pero se tendría que emmirallar en el español. De este modo, la asociación de consumidores está de acuerdo en poder tener un reglamento más claro: Un reglamento europeo podría estipular en el precio un volumen y medida máximos por el equipaje de mano». Para Sánchez, las asociaciones de consumidores como Facua «no se oponen a esta limitación», pero tienen que ser «órdenes de la administración y no de la compañía» concluye. Una opinión que también comparte Bartlett, quien asegura que «para evitar ambigüedades y discusiones sobre el peso y dimensiones razonables del equipaje de mano, iría bien tener una regulación europea».

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